Guanajuato, Guanajuato.- Ya fue incluida en la Constitución Política del Estado la prohibición para que los violentadores de mujeres en materia sexual, familiar, política y deudores alimentarios puedan ser candidatos a puestos de elección popular o designados en algún cargo público.
Y es que esta mañana la Comisión de Gobernación del Congreso aprobó una reforma a varios artículos de la Constitución Política del Estado en este sentido. Pero todavía falta que sea aprobado en el Pleno del Congreso, lo que podría ocurrir el próximo jueves.
Al artículo 25, relativo a las causas de la suspensión de las prerrogativas de los ciudadanos guanajuatenses, se le agregaron las siguientes fracciones:
Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual.
Por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por estar declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos anteriores, “la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, se estableció.
En los artículos 46, 69 y 111 que contemplan las causales por las cuales no podrán ser diputados al Congreso del Estado ni gobernador, ni Presidentes Municipales, Síndicos o Regidores se añadió a: “Las personas que hayan tenido resolución firme por infracción que constituya violencia política contra las mujeres en razón de género, emitidas por los órganos jurisdiccionales en materia electoral, en tanto se extingue la sanción impuesta”.
LALC