La pena para conductores de autos particulares es de ocho años, pero Ernesto Prieto propone aumentarla a 10

Guanajuato, Guanajuato.- El diputado Ernesto Prieto Gallardo, de Morena, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para aumentar las penas máximas para el homicidio culposo cometido por conductores ebrios o drogados.

Actualmente, la pena máxima para conductores de automóviles particulares, es de ocho años. Pero el salmantino plantó aumentarla a 10.

La pena máxima para el mismo delito cometido por choferes de transporte público o de transporte de personal, pero privado, es de 11 años y Prieto planteó aumentarla a 14 años.

Esto, mediante la presentación de una reforma al Código Penal se incorpora como delito grave y calificado los delitos de homicidios y lesiones culposos causados por conductores alcoholizados cometidos bajo un estado de alteración voluntaria del conductor.

Respeta la redacción actual del Código Penal: Se entiende que el homicidio y las lesiones son calificados cuando: cuando esté en estado de intoxicación alcohol, estupefacientes, psicotrópicos o cualquier sustancia que genera estado similar a las anteriores.

En la iniciativa de Ernesto Prieto se busca añadir el artículo 154 para que en caso del homicidio culposo, sea sancionado con una pena de prisión de dos a 10 años de prisión, de 100 a mil días multa y suspensión de la licencia para conducir vehículos de motor. Actualmente la pena máxima es de ocho años.

Cuando las víctimas de este tipo de homicidio culposo sean dos o más, se sancionará de tres a 14 años de prisión.

Si solo resultaran lesiones, se agregará hasta una tercera parte y suspensión para conducir vehículos de motor por igual término.

El diputado propuso modificar la redacción actual para quedar así: homicidio y lesiones culposos para transporte público o privado de transporte de personas o cosas, la punibilidad para el homicidio será de cuatro a 14 años de prisión. Si solo resulten lesiones, se aumentará hasta un medio. Actualmente la pena máxima es de 11 años.

Cuando las víctimas de este tipo de homicidio culposo sean dos o más, se sancionará de seis años a 18 años de prisión.

Ernesto Prieto señaló que los delitos de homicidios y lesiones causados por conductores alcoholizados son un grave problema en aumento, que tiene que atenderse con sanciones administrativas municipales, estatales y federales y mediante el Derecho Penal.

Destacó que actualmente, al ser delito culposo, permite que el responsable lleve su proceso en libertad.

“En las condiciones de conducción alcoholizados el riesgo de colisión aumenta, aunque los niveles de alcohol es grande. Y cuando se han consumido anfetaminas el riesgo de colisión es mucho mayor”, expresó.

La conducción en estas condiciones tiene muchas veces consecuencias fatales. Los incidentes con mayor incidencia son los de tránsito a nivel mundial. La Organización Mundial de la Salud estima que anualmente entre 20 y 30 millones de personas resultan heridas o con secuelas discapacitantes.

Y en no pocos casos existen secuelas discapacitantes que pueden ser totales o parciales. Es la principal causa entre niños entre cinco y 19 años. Y el costo económico llega a representar el 3 % del PIB en los países.

También mencionó otras distracciones, como hablar por teléfono celular, cuyo riesgo no disminuye al utilizar el manos libres.

AM

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