León, Guanajuato.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma electoral de Guanajuato, pero mantuvo que en noviembre iniciará el proceso electoral. Se mantuvo, argumentó, para no provocar confusión y más incertidumbre jurídica.
El 25 de mayo de 2023 el Congreso de Guanajuato aprobó por mayoría de votos la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales. La modificación más relevante fueron las fechas del proceso electoral. Días posteriores, Morena demandó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) bajo el expediente 174/2023.
Durante la sesión del jueves 21 de septiembre el Pleno de la Corte analizó la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, donde declaró la invalidez de la reforma electoral por violentar el proceso deliberativo.
Los magistrados coincidieron que el proceso que se siguió para votar la reforma electoral transgredió el principio de deliberación democrática. La Junta de Gobierno del Congreso de Guanajuato no justificó la urgencia de dispensar el trámite de distribuir el dictamen al menos 48 horas antes a la sesión en la que se discutió. Tampoco se encontraron constancias de que se turnó a los diputados o se publicó en la gaceta parlamentaria al menos 24 horas antes de la sesión.
Tras el análisis que se realizó hace ocho días, cinco magistrados votaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la reforma electoral que realizó el Congreso de Guanajuato. Ante la falta de quórum se postergó la votación definitiva.
Este jueves los ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar y Margarita Ríos-Farjat votaron a favor del proyecto de Pardo Rebolledo, con lo que alcanzaron los 8 votos para declarar inconstitucional la reforma electoral de Guanajuato.
En los resolutivos se precisó que la invalidez del artículo 174 en su segundo párrafo surtirá efecto hasta concluir el proceso electoral 2023 – 2024, con el objetivo de evitar confusiones a las personas que participen en el mismo.
“Teniendo en cuenta que no se impugnó esa modificación en particular, y advirtiendo que no es posible revivir la norma con anterioridad, y con el fin de evitar una situación de incertidumbre jurídica, se determina que la invalidez no debe surtir efectos inmediatos a efecto de mantener la fecha del inicio del proceso electoral”, dijo Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Para el resto de los artículos que se modificaron y se publicaron en el decreto del 31 de mayo del 2023, se declaró la invalidez inmediata tras la notificación correspondiente.
Las principales que tenía la reforma:
- Se recorre el inicio del proceso electoral local del 1 al 7 de septiembre, como está ahora, para pasarlo del 24 al 30 de noviembre.
- Este aplazamiento les dará tiempo de analizar las otras 15 iniciativas que están pendientes de dictaminar desde hace meses o algunas desde hace más de un año, o de hacer una nueva iniciativa.
- Se modifican fechas de registro de candidatos: Ayuntamientos del 15 al 21 de marzo. Diputados de mayoría, del 30 de marzo al 5 de abril. Y a la gubernatura, del 14 al 21 de febrero.
- El registro de candidatos se hará únicamente de manera electrónica, para lo cual se creará un sistema especial para dicho fin.
- Los guanajuatenses residentes en el extranjero podrán emitir su voto postal.
- Se establece la pérdida de registro de los partidos políticos por llevar a cabo violencia política de género en contra de mujeres.
- Se hacen algunas modificaciones al financiamiento para candidatos independientes, que ya tienen actualmente.
CA