León.- Dos años y cuatro meses es el promedio de tiempo que tarda en Guanajuato el Poder Judicial de la Federación (PJF) para emitir una sentencia en asuntos relacionados con delitos federales, entre los que se encuentran: contra la salud, en materia de hidrocarburos, los relacionados con armas de fuego y explosivos, por poner algunos ejemplos.
Con este tiempo, Guanajuato se ubica como el sexto estado en donde se tarda más tiempo en emitir una sentencia quedando a la par de Campeche y Guerrero, siendo superados únicamente por Tamaulipas, Oaxaca, Tabasco, Durango e Hidalgo, así lo revelan datos estadísticos del Consejo de la Judicatura Federal correspondientes al 2022.
Esto es el reflejo de la excesiva carga laboral que tienen los trabajadores de este órgano, que los hace trabajar jornadas extensas e incluso en días que deberían ser de descanso.
Esto expuesto por ellos, en las manifestaciones que han llevado a cabo esta semana que concluye, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la extinción de 13 fideicomisos.
Siete meses para casos administrativos y civiles
Para procesos administrativos y civiles en Guanajuato, es decir por denuncias en contra de alguna autoridad o particulares, las estadísticas evidencian que el PJF tarda en promedio 205 días para emitir una sentencia.
En este rubro, Guanajuato se posiciona en el lugar 16 entre los estados en donde transcurre más tiempo para dar la sentencia.
En primer lugar está Jalisco, en donde este órgano tarda hasta un año y dos meses, desde que ingresa el asunto hasta emitir la sentencia.
97 días para un amparo
Finalmente, en el rubro de amparos, en Guanajuato el PJF tarda en Guanajuato 97 días para dar una sentencia. Aquí cabe señalar que hay dos tipos de amparo: directo e indirecto.
Respecto al tiempo que se tarda en otros estados, Guanajuato se posiciona con Michoacán en el décimo lugar entre las entidades en donde más tiempo transcurre, desde que se ingresa la solicitud de amparo hasta que se da una sentencia.
Los amparos indirectos, son los que se interponen en contra de leyes federales o locales, actos violatorios de garantías individuales, actos pronunciados en un juicio que no puedan ser reparados, actos ejecutados dentro o fuera de un juicio que afecten a personas que no hayan intervenido en él y leyes o actos de la autoridad federal que afecten la soberanía de los Estados, por poner algunos ejemplos.
Y por otro lado, los amparos directos, son los que se interponen en contra de sentencias definitivas que pongan fin a un juicio y que afecten la defensa del quejoso.
HEP