Guanajuato.- Casi cuatro meses después de su aprobación se publicó finalmente este viernes en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado la Ley de Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato por lo que ya entró en vigor a partir de este 8 de junio.
El 15 de febrero pasado, por unanimidad de 32 diputados del PAN, PRI, Morena, PVEM y MC, se aprobó la Ley de la Diversidad Sexual y de Género del Estado.
Esto después de haber permanecido tres años y medio “en la congeladora legislativa”, pues había sido presentada por la diputada del Partido Verde Ecologista de México, Vanessa Sánchez Cordero, en junio de 2020.
Es la primera ley de su tipo en el País
Esta ley mandata al Gobernador a incluir una partida en el Presupuesto de Egresos para esta comunidad. Se genera un antecedente para que los municipios creen una unidad de la diversidad y de género.
El día de su aprobación, Isaac Banda de la organización LGBTI Rights, destacó que ésta será la primera de su tipo en el País.
El diputado David Martínez Mendizábal, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso, que discutió, analizó y aprobó la iniciativa detalló que entre los puntos principales se crea una Dirección de la Diversidad Sexual, perteneciente a la Secretaría de Gobierno, cuyo titular deberá ser una persona de la diversidad sexual.
¿Qué contiene la Ley de la Diversidad Sexual y de Género en Guanajuato?
- Otras funciones de esta ley son: asesorar jurídicamente, generar campañas de protección y comprensión de la diversidad sexual, formular políticas y capacitar al personal de salud.
- También considera la creación de un Programa Estatal para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género, el cual deberá contener como mínimo el señalamiento de los principales problemas y tendencias; descripción de las oportunidades y obstáculos para el desarrollo de las personas de la diversidad, entre otras condiciones.
La noche del pasado martes, el gobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo finalmente firmó el decreto para la publicación de la Ley de Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato.
Los derechos de las personas de la diversidad sexual y de género son:
- A la libertad.
- A la identidad.
- Al libre desarrollo de la personalidad.
- A la integridad y a la seguridad personal y colectiva.
- A la certeza jurídica y al acceso a la justicia.
- A la salud; a la educación; culturales.
- Al trabajo y a las garantías laborales.
- A la participación política.
- Sexuales y reproductivos.
- A la igualdad y no discriminación.
JRL