Maestros de la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG) denunciaron cobros vía nómina de "saldos en contra"

Con información de Silvia Millán

Guanajuato.- A través de redes sociales, docentes que trabajan en la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG) denunciaron cobros vía nómina de “saldos en contra” derivados de retenciones incorrectas que hizo la SEG del Impuesto Sobre la Renta (ISR). 

El Movimiento de Lucha Magisterial publicó en su página de Facebook un comunicado en el que aseguró que esta problemática que pone a los docentes en una situación económica vulnerable, comenzó en 2021. 

Maestras y maestros del sostenimiento estatal del Estado de Guanajuato, desde el año 2021 se encuentran en una situación económica vulnerable debido a que la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG) comenzó a realizar cobros vía nómina de lo que ellos llaman ‘saldo en contra’, derivado de las retenciones mensuales, que al parecer ni son mensuales, ni son individuales. 

“Durante reuniones sindicales del SNTE Sección 45 y donde se invitó a personal del departamento de nómina de la SEG, se informó que se estaba llevando una ‘estrategia’ propia de retención colectiva, la cual falló y por lo que se realizarían cálculos individuales nuevamente”, se informó en el comunicado. 

En el documento se destacó que antes del 2021 ningún docente no obligado a presentar declaración había salido con saldo en contra, y ahora el 100% de la plantilla docente del sostenimiento estatal está pagando saldo en contra de mil a ocho mil pesos, de maestros no obligados a presentar declaración. 

El movimiento magisterial cuestionó por qué el saldo en contra se está pagando a la SEG y no al SAT, si al final el SAT es el que recauda impuestos definitivos, por lo que manifestó que el sueldo de los maestros estatales no es real y está disfrazado por errores en las retenciones que realiza la SEG. 

Ni la SEG ni la SNTE aclaran 

En entrevista con AM, uno de los docentes afectados y quien pidió no revelar su nombre por temor a represalias dijo que en febrero del año en curso Rigoberto Macías Vidales, secretario general de la Sección 45 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en Guanajuato, firmó un acuerdo con la SEG para que se llevara a cabo esta estrategia de descuentos. 

Rigoberto Macías Vidales, secretario general de la Sección 45 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en Guanajuato. Foto: Especial

“¿Cuál es la molestia del gremio? La SEG junto con el sindicato no han mostrado ni han dado información que esclarezca el motivo de las retenciones que se están haciendo vía nómina por estos conceptos de impuestos sobre la renta. 

¿La SEG tiene la facultad fiscal para hacer descuentos de impuestos sobre la renta a cargo de dos años fiscales en uno solo? La SEG no solamente está cobrando el ISR en este año fiscal del 2023, nos está descontando en ocho quincenas el ISR de 2023, pero además, nos está descontando vía nómina el ISR en contra de enero a julio de este año”, denunció el docente. 

Aseguró también que este miércoles la SEG les depositó el bono conocido como RZ, del que se les descontaron entre mil y dos mil pesos de ISR del 2023, además de un descuento en la nómina ordinaria que varía de 700 a 750 pesos. 

“El ISR a cargo del año pasado que va a variar depende de lo que gane el docente, se está descontando vía nómina en ocho pagos quincenales, estos descuentos empezaron en agosto y terminan en noviembre. 

“El impuesto a cargo de enero a julio de este año se hace hoy en el bono RZ que corresponde al 35% del saldo en contra acumulado de enero a julio y el otro 65% lo van a descontar en el aguinaldo. Esto se acordó a través de una reunión en febrero donde el sindicato así lo aprobó”, explicó el docente afectado.

Sin respuestas 

El Movimiento de Lucha Magisterial señaló que la Sección 45 del SNTE ni el personal de nómina de la SEG ha dado respuesta a muchas de las preguntas de inconformidad que los maestros representantes sindicales les expusieron en varias reuniones. 

Estas son: ¿el cálculo de las retenciones puede hacerse de forma colectiva a una plantilla de trabajadores o el cálculo se tiene que hacer de forma individual? y el cálculo de estas retenciones en el caso de la SEG ¿se debe hacer quincenal mensual o con la tabla que mejor les acomode?

También cuestionaron si la SEG (o cualquier patrón que haga retenciones) puede hacer retenciones incorrectas y después corregirlas en el ajuste anual, para en el siguiente año fiscal cobrar a sus trabajadores e ISR que pagó al SAT en ese ajuste y cuál es el fin de hacer retenciones incorrectas y después ajustarlas en el ajuste anual. 

Los maestros de Guanajuato hacemos responsables a la SEG por la terrible violación a nuestros derechos, en conjunción con el SNTE Sección 45 y exigimos una respuesta pronta y sustentada en la legalidad del Código Fiscal y la Ley del ISR”, demandaron en el comunicado. 

Pide SEG revisar con el sindicato 

La Secretaría de Educación de Guanajuato a través de área de comunicación pidió a AM revisar el tema con el sindicato, que es el que lleva la batuta, y no facilitó una entrevista al respecto. 

También informó que los maestros que tengan alguna duda respecto al cálculo de impuestos se pone a su disposición el teléfono 473 735 12 00 extensión 1346 o el correo dcn_aclaraciones@seg.guanajuato.gob.mx. 

AM buscó en varias ocasiones por teléfono y por WhatsApp a Rigoberto Macías Vidales, secretario general de la Sección 45 del SNTE en Guanajuato para entrevistarlo sobre el asunto, sin embargo no respondió. 

Diferencias deben resolverse con patrones 

Cualquier diferencia con la retención del impuesto debe resolverse directamente con los patrones, afirmó Jorge Lino Álvarez Gallardo, administrador desconcentrado de Servicio al Contribuyente del Sistema de Administración Tributaria (SAT), oficina Guanajuato 2 con sede en León. 

El funcionario explicó que el SAT lo único que obtiene de información para el descuento del impuesto de nómina (ISPT Impuesto Sobre el Producto del Trabajo) son los datos que los patrones aportan. 

Aseguró que el cobro de este impuesto es de acuerdo con el cálculo de cada trabajador, por lo tanto es individual y cualquier diferencia con la retención del impuesto debe resolverse directamente con los patrones. 

Álvarez Gallardo advirtió que los recibos de nómina fiscales son una forma de comprobar el descuento de impuestos para los trabajadores, en caso de diferencia los trabajadores pueden cotejar con sus empleadores o patrones.  

Si en algo no están conformes los trabajadores, están en todo su derecho de acudir al área de recursos humanos para que se les aclare que la retención sea correcta”, apuntó. 

Añadió que en caso del régimen de sueldos y salarios, una vez hecha la retención no tendrían por qué cobrar más y cada que se recibe una nómina el patrón debe extender un recibo. 

DAR

 

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