El Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) sancionó al partido Morena con amonestación pública por falta del deber de cuidado en relación con las infracciones cometidas por el diputado federal Cuauhtémoc Ochoa Fernández, respecto de la colocación de 37 espectaculares en diferentes puntos cuando aspiraba a la precandidatura para renovar la gubernatura de Hidalgo.
Dicha sentencia derivó de la revocación el 1 de junio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de la resolución del TEEH sobre el proceso especial sancionador TEE-PES-001/2022, al no analizar de manera exhaustiva la veracidad del deslinde del partido Morena contra quien el Partido Acción Nacional (PAN) promovió el juicio por culpa in vigilando.
En sesión pública nocturna del 7 de junio, el pleno del TEEH emitió la sentencia del procedimiento especial sancionador en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF, en el diverso SUP-JE-121/2022, respecto a las conductas denunciadas a Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por culpa in vigilando, es decir, en el deber de cuidado.
De acuerdo con el magistrado Mario Alberto Cruz Martínez, si bien no existe prueba directa que acredite que el instituto político Morena haya ordenado la colocación de espectaculares objeto de la denuncia, sí se advierte que fue quien directamente se vio beneficiado con tales conductas.
“El deslinde no fue idóneo ni dentro de los parámetros de juridicidad ni mucho menos oportuno, ya que este ocurrió hasta que el instituto político denunciado dio contestación a la denuncia de hechos instaurada en su contra, siendo que conoció de la colocación de los espectaculares que se le tuvieron cuando se le notificó el inicio de procedimiento especial sancionador”, explicó.
Indicó que sin importar quién realizó la colocación de los espectaculares denunciados, existe un partido político, en este caso Morena, que directamente se vio beneficiado por la colocación de la propaganda electoral en diversos puntos de Pachuca, sin que haya generado un deslinde adecuado, generando vulneración al principio de equidad en la contienda. Por tanto, el TEEH amonestó públicamente al partido Morena al actualizarse la culpa in vigilando.
ANTECEDENTE
El 10 de mayo, el TEEH resolvió el mismo procedimiento especial sancionador iniciado contra el diputado federal y Morena, donde acordó como existentes los actos anticipados de precampaña y la promoción personalizada de Cuauhtémoc Ochoa Fernández, por lo que dio vista al Congreso de la Unión para que emitiera la sanción correspondiente; en esa ocasión declaró inexistente la infracción al partido guinda.
El procedimiento derivó de la colocación de 37 espectaculares en diferentes puntos del estado, los cuales fueron pagados por la revista Vía Libre con un monto de 222 mil 720 pesos, donde se advirtió una sistematicidad en las publicaciones, ya que en todos aparecía la imagen de Ochoa Fernández y fueron colocados en lugares transitados, lo cual tuvo como fin posicionar al denunciado. LEE MÁS AQUI…