El próximo 1 de enero entrará en vigor el decreto sobre vacaciones dignas, las cuales pasarán de seis a 12 días en el primer año; Coparmex Hidalgo consideró que la reforma tendrá un impacto positivo en los trabajadores.
Juan Manuel Batres Campos, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Hidalgo, indicó que las vacaciones dignas están relacionadas con el incremento al salario recientemente anunciado.
Sin embargo, dijo, la disposición tendrá mayor impacto en las micro y pequeñas empresas, ya que tan solo en Hidalgo 97 por ciento de las mipymes mueven la economía.
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SALARIO DIGNO
Recordó que la reforma a la Ley Federal del Trabajo contempla que serán 12 días de corrido de vacaciones a los trabajadores que cumplan un año laboral, o bien, podrán ser repartidas a consideración del empleado.
Comentó que se estableció como tema de un salario digno, unas vacaciones dignas para que los trabajadores tengan más tiempo con la familia y lleguen con más ímpetu a su trabajo.
“Aunque llega uno más cansado de las vacaciones que disfruta, cuando llega uno al trabajo, llega con otra perspectiva de relación a ese tema”, refirió.
IMPULSORES DE REFORMA
Recordó que en Coparmex desde hace algunos años impulsaron el tema de las vacaciones dignas como algo importante en el sector laboral.
Además, previo a la aprobación de la reforma, el organismo estableció pláticas y comentarios con las y los diputados para que esas vacaciones pudieran ser paulatinas en los primeros dos años.
Comentó que la propuesta de la Confederación era que en el primer año fueran nueve días de vacaciones y en el segundo 12 días, pero finalmente quedaron 12 días desde el primer año.
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CONTRATOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS
El 27 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.
Que indica que las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas que no podrá ser inferior a 12 días laborables.
Las cuales anualmente aumentarán dos días, hasta llegar a 20, y el periodo vacacional podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera la persona trabajadora.
Dichas modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor el 1 de enero de 2023.