Por no justificar la adquisición de bienes y arrendamientos, así como inconsistencias en registros contables, el organismo público electoral local tuvo cinco observaciones de la ASEH y deberá aclarar más de medio millón de pesos.
De acuerdo con el informe individual de la cuenta pública 2021, el titular de la Auditoría Superior de Hidalgo (ASEH), Jorge Valverde Islas, observó 578 mil 502.78 pesos al órgano electoral.
Cantidad que estará sujeta a las aclaraciones que se efectúen en los plazos establecidos, sin eximir de las responsabilidades a que haya lugar por los actos u omisiones que generaron dichos resultados.
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SIN JUSTIFICAR GASTO DE MANTENIMIENTO DE INMUEBLE
Del monto observado el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) realizó erogaciones que afectaron la partida de conservación y mantenimiento menor de inmuebles del gasto corriente, como parte de la cuenta pública 2021.
Por 494 mil 859.81 pesos, sin contar con la documentación que justifique el gasto, con fundamento en los artículos 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad.
El instituto presentó justificaciones y aclaraciones mediante oficio el 17 de enero de 2023, pero que no atendieron la irregularidad detectada, por lo que subsiste la observación con folio 20/IEE/2021/14/PO/001.
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COMPRA DE TÓNER
Además, en el concepto de materiales, útiles y equipos menores de tecnologías de la información y comunicaciones, la ASEH detectó una factura con fecha 4 de junio de 2021 por 34 mil 139.96 pesos.
Cuyo concepto fue la compra de tóner, misma que fue registrada y pagada dos veces mediante las pólizas con número C01093 y C001126.
Pese a que el organismo presentó aclaraciones, estas no atendieron la irregularidad detectada, por lo que subsiste la observación con número 20/IEE/2021/15/PO/002.
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OBSERVACIONES
En total se determinaron 17 observaciones, las cuales generaron cinco recomendaciones y cinco pliegos que representan probables recuperaciones por más de medio millón de pesos.
Otras observaciones hechas al IEEH consisten en la falta u omisión de documentación justificativa y falta o deficiencia en el cobro de derechos.
Así como omisión, error o presentación extemporánea de retenciones de impuestos, cuotas o cualquier otra obligación fiscal, contando con disponibilidad financiera y pagos duplicados improcedentes o en exceso.
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