Irapuato, Guanajuato.- Por votación unánime, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito confirmaron el 22 de noviembre la sentencia que ordena la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ofrecer una disculpa pública y el pago de una indemnización a la familia de Salvador Cárdenas, un joven de 20 años de edad que fue desaparecido y asesinado por elementos del Ejército Mexicano en marzo del 2017 en Irapuato. 

El cuerpo sin vida de Salvador, fue localizado días después con un disparo en la cabeza. 

Fue la madre de Salvador quien denunció la desaparición de su hijo, ocurrida el 17 de marzo de 2017. 

Por considerar que existían los elementos suficientes para señalar la responsabilidad de elementos del Ejército Mexicano en la desaparición y ejecución del joven, el Juzgado Noveno de Distrito en Guanajuato, que encabeza Karla María Macías Lovera, asignó el folio 24/2017 al caso y solicitó a las autoridades cualquier información que pudiera servir para el esclarecimiento de lo sucedido. 

Durante más de seis años el caso transitó entre juzgados, un Tribunal y llegó a la Suprema Corte, quien rechazó resolver el asunto, que fue nuevamente devuelto a un Tribunal.

El Juzgado Noveno determinó que la Fiscalía deberá investigar exhaustivamente el asunto; además la Secretaria de la Defensa Nacional deberá ofrecer una disculpa pública por la desaparición y muerte de Salvador y finalmente se deberá realizar el pago de una indemnización a la familia de parte del Ejército Mexicano.

Así fue la desaparición de Salvador Cárdenas a manos del Ejército

De acuerdo con lo que pudo saberse de los hechos, el 17 de marzo de 2017 Salvador Cárdenas Fuentes y sus dos primos transitaban por un camino que conectaba la comunidad de El Llanito con la comunidad de La Calera, en Irapuato.

Se sabe que Salvador pasaría por su novia a La Calera por la tarde y de ahí se dirigirán a un baile en la zona.

Sin embargo, en el camino se toparon con un convoy de camionetas del Ejército Mexicano, quienes detuvieron su marcha y les indicaron que se detuvieran, pero los dos primos alcanzaron a correr y fue Salvador quien se quedó y fue detenido por los uniformados.

Ambos primos relataron en su momento al Ministerio Público que los elementos del ejército subieron a Salvador a una de las unidades, tipo Jeep en color verde y se retiraron con él a bordo; después de eso nada se supo de él. 

La mamá de Salvador interpuso la denuncia por el delito de desaparición forzada y después de unos días, el 24 de marzo, fue localizado el cuerpo sin vida de Salvador con un disparo en la cabeza. 

La sentencia del Juzgado Noveno fue recurrida por el Jefe de Estado Mayor de la Decimosegunda Región Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional, por el responsable del Octavo Regimiento Blindado de Reconocimiento de la Secretaría de la Defensa Nacional y por la Directora General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Gobierno de México, involucradas en el fallo por los hechos y la reparación.

Su reclamo fue desechado.

Los antecedentes de la jueza Karla Macías

La jueza Karla Macías Lovera ha dictado otras sentencias trascendentales en casos que involucran desapariciones o violaciones a los derechos humanos.

La noche del 25 de noviembre de 2015, un grupo de militares irrumpió en la casa de Juan Flores Solorio, a quien detuvieron y sacaron a la fuerza por haberlos insultado.

Tras seis horas de arresto en los separos de Pénjamo, Guanajuato, el hombre salió del lugar y ya no se le volvió a ver.

En abril de 2016, el Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que Macías ordenó buscar a Flores Solorio en instalaciones de la Secretaría de la Defensa Nacional (“hasta el los cuarteles”), porque consideró que está demostrado que fue desaparecido por militares.

La Juez Noveno de Distrito determinó también que la Procuraduría General de la República incumplió con su función investigadora y, por ello, le ordenó indagar el caso por el delito de desaparición forzada y no por secuestro, como lo hizo en un principio

Caso Ciudad de los Niños en Salamanca

En 2017, Macías Lovera emitió la resolución del juicio de amparo indirecto con número 475/2016-VIII, con el que puso al descubierto la situación vivían más de cien niños y niñas albergados en las cincos sedes del albergue “la Ciudad de los Niños” en Irapuato y Salamanca. 

Los testimonios de los niños y funcionarios que contiene el expediente, evidenciaron que los menores internos habían estado sufriendo violencia física, sexual y sicológica que puso en riesgo su integridad, por lo que la juez federal pidió que sean reubicados los internos de dicha asociación.

La juzgadora también estableció que existieron omisiones de las autoridades, por lo que en su resolución, pidió indagar al Ministerio Público los posibles abusos así como el uso de los apoyos recibidos por la organización a lo largo de los años, tanto de gobiernos como de particulares.

En abril de 2018, ordenó investigar a agentes de la Coordinación de Seguridad Pública de Salamanca, Guanajuato, por la desaparición forzada de una persona e instruyó a la corporación a pedir una disculpa pública.

Imponen multas a Secretaría de Marina y a PGR

En agosto de aquel mismo año, el nombre de la juez salió de nuevo a la luz pública por haber impuesto al menos 15 multas a la Secretaría de Marina y a la Procuraduría General de la República (PGR), por no rendir todos los informes que les han solicitado sobre las presuntas desapariciones forzadas en Nuevo Laredo, Tamaulipas y haber emitido al menos un apercibimiento al Presidente Enrique Peña Nieto relacionado con el mismo caso de desapariciones.

En noviembre de 2022, ya en el régimen de la 4T, Macías volvió a llamar la atención cuando suspendió provisionalmente el decreto que transfiere el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, que fue una reforma del Poder Legislativo.

La decisión motivó cuestionamientos del presidente Andrés Manuel López Obrador y de Ricardo Mejía, subsecretario de Seguridad, que la atacaron en la mañanera.

FInalmente, en agosto de este año, en un fallo histórico, Karla Macías Lovera resolvió que la represión del Estado mexicano durante la década de 1970 fue terrorismo de Estado y se ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar bajo esa lógica el caso del activista Rosendo Radilla, desaparecido hace 50 años por militares.

Además, ordenó a la Fiscalía de Alejandro Gertz Manero que procese a decenas de militares de alto rango implicados en el caso del activista, entre ellos el General Enrique Cervantes Aguirre, exsecretario de la Defensa durante el Gobierno de Ernesto Zedillo, según se detalla en el expediente público del caso.

DAR

 

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