León, Guanajuato.- Año con año en las bodegas de la Dirección de Comercio y Consumo se acumulan cientos de artículos que los inspectores decomisan de los comerciantes que incumplen con el reglamento, tan solo de enero a octubre se almacenaron objetos de mil 500 aseguramientos que se realizaron.
El Reglamento de Mercados Públicos y Uso de la Vía Pública establece en su Capítulo II los motivos por los cuales se realizará el aseguramiento de mercancía: cuando se encuentren abandonadas, en estado de descomposición y cuando no se cuente con la concesión o permiso correspondiente, en este caso se asegurará de igual modo el puesto.
Cuando a alguna persona le aseguran la mercancía se debe presentar ante las autoridades para subsanar la falta, pero en caso de mercancías perecederas (como alimentos) si no se recogen después de 24 horas o se encuentran en descomposición se tirarán a la basura como medida de salubridad.
Tan solo de enero a octubre del 2023 la Dirección de Comercio y Consumo reportó 2 mil 702 procedimientos donde se aseguró mercancía la cual se resguardó en sus bodegas en espera de ser reclamadas, esto de acuerdo con la respuesta a una solicitud de información.
Hay sombrillas, mesas, sillas, ropa, ollas, charolas, vitrinas, triciclos, calzado, diablitos, tanques de gas, básculas, termos, vasos, hieleras, rastrillos, bocinas, mochilas, cartones, estructuras metálicas, bolsas, canastas, pulseras, cubrebocas, cadenas, trompetas, audífonos, banderas, braceros, tubos, vestidos, impermeables, carritos de mano, entre otros e innumerables artículos que desde hace años están almacenados en las bodegas.
“Estamos hablando de una acumulación de 10 años fácilmente; se tomó la iniciativa de cambiar todo a una bodega más ordenada, antes todo estaba acumulado. Hoy sí hay orden y un inventario”, indicó el secretario para la Reactivación Económica de León, Guillermo Romero Pacheco.
No se pueden donar
A pesar de que gran parte de los productos no perecederos no son reclamados por sus propietarios el Municipio no puede darlos de baja de su inventario ya que no se encuentra esta acción especificada en el Reglamento de Mercados Públicos y Uso de la Vía Pública, tampoco se puede entregar a personas o asociaciones de beneficencia.
El artículo 155 del reglamento indica que la mercancía no reclamada se pondrá a disposición de las autoridades asistenciales del Ayuntamiento para su aprovechamiento.
“No podemos darlo a ninguna otra persona o asociación, tendrían que cambiar los regidores el reglamento, presentar una iniciativa para cambiarlo. El DIF no las puede tomar, estamos en un círculo vicioso, no se puede disponer de ellos. Estaríamos felices que cambiaran el reglamento que nos den más opciones para poderlo donar”, expresó Guillermo Romero Pacheco.
No van por su mercancía
Del periodo de enero a octubre del 2023 más del 42 % de los folios que se levantaron por aseguramiento de mercancía aún no acuden a reclamar sus productos, por lo que permanecen en la bodega en espera de su dueño.
El 16 % de los productos asegurados se tiraron a la basura al ser alimentos como pays, frituras, calabazas, donas, jugos, piezas de pan, ramos de flores, tortas, paletas, cacahuates, chayotes, mangos, plátanos, gelatinas, leche, entre otros.
De acuerdo con las estadísticas el mes de junio fue cuando más folios de aseguramiento se realizaron, mientras que septiembre es el mes en el que menos objetos se enviaron a las bodegas de Comercio y Consumo.
Mauricio Fuentes Jiménez, director de Comercio y Consumo, precisó que de acuerdo con el reglamento los comerciantes tienen hasta tres años posteriores a la fecha del aseguramiento para acudir por sus mercancías.
“La mayoría de los objetos asegurados fueron porque no cuentan con permiso en la vía pública, hay muchas sillas, bancos, aparadores, fogones, entre otros”, expresó.
El funcionario municipal confirmó que los objetos se siguen acumulando en la bodega ya que el reglamento vigente no contempla una opción para darlos de baja o en su defecto entregarlos a asociaciones de beneficencia.
El reglamento indica que los artículos permanecerán almacenados hasta que quede firme la resolución de la sanción y se pague la multa que se hubiera impuesto, sin precisar una fecha límite de permanencia de los objetos.
Pero sí se establece en el artículo 180 que en caso de que los comerciantes acudan a recoger sus pertenencias, posterior a pagar la multa y los artículos no se encuentren se deberá indemnizar a las personas con una estimación del precio del mercado de los artículos.
CA