León, Guanajuato.- La CNDH recomienda que se investigue al personal que atendió al paciente, en el Hospital Regional 58 (en la imagen) y en la UMAE 1.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por la muerte de un paciente que falleció en 2022 por atención inadecuada en el Hospital General Regional 58 y en la Unidad Médica de Alta Especialidad número 1 (UMAE-1) de León. Le solicita reparar el daño ocasionado a sus familiares.

En la recomendación 262/2023, la CNDH indica que personal de salud de la delegación Guanajuato omitió detectar oportunamente la infección que cursaba un paciente con cáncer de colon, lo que agravó su estado clínico y desencadenó su fallecimiento, en hechos registrados entre octubre y noviembre de 2022.

Por ello, exhortó a reparar integralmente el daño a los familiares de dicho paciente, así como a investigar al personal médico involucrado para deslindar responsabilidades.

La Delegación del IMSS Guanajuato, por su parte, informó que recibió la recomendación 262/2023 de la CNDH. Dijo que cooperará con el organismo y que se encuentra en el plazo que establece la ley para dar cumplimiento a la recomendación.

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Omite personal médico del IMSS notas de evolución

La queja fue recibida en la CNDH el 8 de febrero de 2023, se indica que la víctima, cuya identidad no se hizo pública, fue atendida el 25 de octubre de 2022 en el HGR-58 por presentar dificultad respiratoria, ahí se le diagnosticó probable derrame pleural izquierdo, cáncer de colon y metástasis pulmonares

Estudios de laboratorio indicaron aumento de leucocitos que, en opinión del personal médico de la CNDH, ameritaba manejo especializado, pues las infecciones son un factor de morbimortalidad en personas que viven con cáncer. 

La revisión del expediente clínico reveló que no había notas médicas de la atención proporcionada entre el 28 y 31 de octubre, solo se reportaron cuadros de febrícula, pese al uso de paracetamol, situación que evidenció falta de vigilancia al no determinar la causa del aumento de la temperatura corporal. 

El 4 de noviembre, al presentar deterioro de su salud, la víctima ingresó a Urgencias de la clínica conocida como T1, se le canalizó al servicio de Medicina Interna. Sin embargo, falleció al día siguiente por insuficiencia respiratoria aguda, neumonía adquirida, cáncer de recto y metástasis asociada a este último padecimiento. 

La CNDH aclaró que no contó con evidencia suficiente para formular una opinión sobre el manejo otorgado en la UMAE-1, pues las personas responsables de su atención no hicieron notas de evolución, algo que si bien no modificó el pronóstico médico de la víctima, constituye una omisión administrativa que debe ser investigada. 

No obstante, con la evidencia disponible se determinó que al paciente se le otorgó atención médica inadecuada, lo que vulneró sus derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, pues debió diagnosticarse oportunamente para darle un tratamiento integral. También que hubo violación al derecho al acceso a la información en materia de salud por los faltantes en su expediente clínico. 

Por ello, la CNDH recomendó al IMSS tramitar ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) el registro de la víctima y personas víctimas indirectas para que estas puedan acceder a la reparación integral del daño, a una compensación, así como a la atención psicológica y tanatológica que requieran. 

El IMSS deberá colaborar con la investigación iniciada ante su Órgano Interno de Control para deslindar responsabilidades entre el personal que atendió al paciente en ambas unidades médicas, así como instruir la correcta integración de los expedientes clínicos, capacitar en materia de derechos humanos y dar seguimiento a las guías de atención relacionadas con las cirugías de tórax y general, para evitar situaciones similares.

AM

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