Guanajuato, Guanajuato.- La Sala Monterrey del Tribunal Electoral Federal determinó que el exdiputado local Gerardo Fernández González, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), no cometió violencia política de género contra Alejandra Gutiérrez Campos, presidenta municipal de León, como lo había determinado el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.
Se revoca la sentencia impugnada porque las expresiones atribuidas al denunciando, se encuentran protegidas por la libertad de expresión, pues siguiendo los parámetros de este Tribunal, para manejar este tipo de casos, pues no contienen expresiones con estereotipos de género contra la denunciante (Alejandra Gutiérrez).
“Pues se hicieron en el marco de un proceso electoral y al tratarse de un asunto de interés público y porque se trata de una persona que debe tener mayor tolerancia a la crítica”, señaló el acuerdo aprobado.
El magistrado Ernesto Camacho coincidió en que efectivamente no existió violencia política de género.
Este asunto tiene su origen en la queja presentada por Alejandra Gutiérrez durante la campaña electoral pasada, cuando tanto ella como Gerardo Fernández eran precandidatos del PAN y PVEM, respectivamente, a la Presidencia Municipal de León.
Las expresiones de Fernández fueron realizadas en una rueda de prensa el 15 de diciembre de 2023 y en dos publicaciones en las redes sociales X y Facebook ese mismo mes, relativas a la actitud de Alejandra Gutiérrez, por no haber logrado la candidatura del PAN a la Gubernatura.
En consideración de la entonces precandidata panista, en dichas publicaciones se habían realizado críticas hacia su persona y sobre el desempeño de su función utilizando expresiones ofensivas, tendenciosas, con estereotipos de género, con la finalidad de menoscabar su imagen y su capacidad como servidora pública.
La denuncia de Alejandra
En su óptica, las expresiones denunciadas conllevaban estereotipos de feminidad, porque se asociaban a características y roles de que “las mujeres son sensibles, sentimentales, histéricas, débiles, así también de cómo deben lucir y/o qué se espera o cómo deben reaccionar ante determinadas circunstancias”.
Además, porque se sustentaban en prejuicios de género que representan a las mujeres dentro de un contexto de desigualdad estructural en las que se encuentran inmersas las que ocupaban un cargo de elección popular, “al pretender mostrarlas como débiles, con problemas emocionales, no preparadas para afrontar retos o adversidades como resultado de una apariencia física”, con lo que se buscaba demeritar e inhibir su capacidad de servidora pública y su derecho de participación política.
Como resultado, el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato tuvo por actualizada la infracción de violencia política de género hace varios meses.
Sin embargo, este lunes, al resolver una impugnación de Gerardo Fernández a lo dicho en la rueda de prensa, la Sala Monterrey del Tribunal Electoral Federal determinó que dicha conducta no se cometió.
RAA