Pese a la llamada violencia política con razón de género , la participación de elección popular de las mujeres avanzó en México .

En la última elección, se logró la paridad total en la Cámara de Diputados (250 de 500 curules), mientras que ellas consiguieron al menos seis gubernaturas de las 15 en disputa, para lograr que siete entidades estén bajo el mando de una mujer, a fuerza de resolver sentencias y denuncias bajo nuevos reglamentos .

En términos de cifras y fechas, en 2015, a San Lázaro llegaron 214 diputadas, mientras que en 2018 fueron 241. En el caso de gobernadoras, en 2015 sólo Claudia Pavlovich (Sonora) ocupaba un gobierno estatal; para 2018, había tres mujeres: la sonorense, Claudia Sheinbaum (Ciudad de México) y Martha Érika Alonso (Puebla), quien falleció ese año en un accidente aéreo.

Sin embargo, este avance también ocurrió en medio de una violencia política en razón de género, la cual se consolida como una constante que cada vez más llega a los tribunales electorales y es más sancionable.

LEE TAMBIÉN: 68 aniversario del Voto de las Mujeres en México, avance en la lucha feminista 

 

Según la Dirección General de Igualdad de Derechos y Paridad de Género , del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), entre el 4 de noviembre de 2016 y el 10 de octubre de 2021, el órgano judicial (con sus salas) ha emitido 977 sentencias relacionadas con violencia política en razón de género.

Por primera vez, una sentencia recayó en un partido político: el PES , cuando la Sala Regional Especializada determinó que se violentaron los derechos políticos de sus candidatas.

Recientemente, la Sala Regional Especializada multó al Partido Encuentro Social con 448 mil pesos, por no haber difundido en puntos de igualdad para sus candidatas, lo que fue considerado como violencia de género.

Sólo en 2021, la sala ha sancionado seis veces por violencia política en razón de género.

En abril de 2020, entraron en vigor reformas y adiciones a diversas disposiciones de las leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, General de Partidos Políticos, General en Materia de Delitos Electorales, Orgánica de la Fiscalía General de la República , Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la General de Responsabilidades Administrativas, para tipificar la violencia política en razón de género.

En estas leyes reformadas se describe a ese tipo de violencia como toda acción u omisión ejercida en la vida pública o privada, incluida la tolerancia que, basada en elementos de género, tengan el fin de limitar, anular o perjudicar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.

CAZ

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *