Ciudad de México.- El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, señaló que la participación ciudadana en la consulta de revocación de mandato del presidente, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), es obligatoria.
Mediante redes sociales, Gómez culpó al Instituto Nacional Electoral (INE) de no informar que el voto es obligatorio y de no instalar todas las casillas.
“La Constitución señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La “autoridad electoral” nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos”, escribió Gómez en Twitter.
Para esta consulta así como otros ejercicios electorales, el voto es obligatorio y la no participación es sancionable, según el artículo 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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¿Cuáles son las sanciones de no participar en la revocación de mandato?
De acuerdo al artículo 36 la no participación en la consulta de revocación de mandato y otros ejercicios electorales es obligatoria.
“Votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley”, se lee en el apartado III.
El artículo 38 apartado I, el no participante podría ser acreedor a una suspensión en otros ejercicios electorales.
“Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley”, se señala.
Antes y durante la consulta realizada el pasado domingo, partidos políticos de la oposición la 4T, exhortaron a los ciudadanos a no votar en esta consulta revocatoria y de acuerdo al INE, hubo un 17.7 % de participación.
FRG