Una retroexcavadora realiza trabajos de construcción en la zona del Tramo 5 del Tren Maya.

Ciudad de México.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) debe proporcionar toda la información relacionada con el plan de reforestación que tendrá la ruta del Tren Maya, ordenó hoy el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) en sesión ordinaria del pleno.

Esto, luego de que la dependencia fuera omisa en dar respuesta a una solicitud de acceso a la información respecto a este plan de reforestación en los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, dentro de los plazos establecidos por ley, indicó la comisionada Norma Julieta del Río Venegas.

La información debe ser pública y al alcance de todas y todos los mexicanos; ningún proyecto de infraestructura pública puede iniciar y continuar de esta manera.

“Es muy importante conocer esta información que se solicita porque se debe conocer si afectarán al medio ambiente y la vida de las poblaciones originarias que habitan en los territorios aledaños a su construcción” dijo Norma Julieta del Río Venegas.

La comisionada indicó que esa información debe ser pública, y no puede ser que no exista.

Advirtió que, según información oficial del resumen ejecutivo de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), sólo del tramo 5 del Tren, cuyo recorrido en general será en Quintana Roo, del aeropuerto de Cancún al de Tulum, provocará afectaciones como alteración a la calidad del aire; contaminación acústica; modificación del relieve natural, y afectación de los cenotes.

De acuerdo con el centro mexicano del derecho ambiental, el proyecto también afectará 23 áreas naturales protegidas; siete regiones terrestres prioritarias y 11 regiones hidrológicas prioritarias.

Indicó que Semarnat no respondió en los plazos establecidos por la ley y posteriormente turno la solicitud a la Dirección General de Impacto y de Riesgo Ambiental, que informó que luego de una búsqueda exhaustiva localizó un programa de reforestación para el proyecto Tren Maya Fase I autorizado el 12 de agosto de 2021.

Pero éste programa no fue entregado

Se concluyó que el programa de reforestación localizado no atendió la modalidad indicada por la persona recurrente además de que no fue entregado y se utilizó un criterio restrictivo para buscar información requerida.

La comisionada indicó que la orden del INAI es que Semarnat debe remitir el programa de reforestación localizado, debe realizar una nueva búsqueda y proporcionar toda la información que obre en archivos, relacionada con el plan.

Por su parte, el comisionado Adrián Alcalá alertó que en las últimas fechas ha habido un aumento considerable en los recursos de revisión que se promueven en contra de Semarnat por la omisión de emitir respuestas de solicitudes de información que se les presentan durante los plazos que establece la ley.

“Aprovecho para realizar desde esta tribuna un llamado de atención a la Semarnat para que dé cumplimiento puntual a cada una de las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, ya que su actuar injustificado que se denota en cada omisión a la respuesta de información conlleva un perjuicio grave al derecho de acceso a la información de todas las personas solicitantes”, Norma Julieta del Río Venegas.

GT

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