Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados amplió los conceptos de prohibición para el consumo de alimentos chatarra y bebidas azucaradas en las escuelas.

Con 479 votos a favor, se aprobaron reformas a la Ley General de Salud, con las que se señala que la Secretaría de Educación Pública emitirá lineamientos sobre alimentos y bebidas que se ofrezcan en las escuelas, no solo la distribución, sino también la preparación y su expendio, tanto procesados como a granel.

El proyecto se turnó al Senado, para su revisión y eventual aprobación.

Al detalle

La reforma precisa que las autoridades educativas promoverán ante las autoridades correspondientes la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional, de acuerdo con los criterios nutrimentales establecidos en la Ley General de Salud.

Las personas responsables de la aplicación y vigilancia de las disposiciones sobre alimentos y bebidas en las escuelas, serán los directivos y autoridades escolares.

Las cooperativas, establecimientos de consumo escolar, comedores y máquinas expendedoras o sus equivalentes, que funcionen con la participación de la comunidad educativa o sin ella, tendrán un compromiso para comentar estilos de vida saludables en la alimentación de los educandos”, se agregó en la legislación.

Los criterios que emitan las autoridades sobre los alimentos que se expidan por las cooperativas, los comedores y las máquinas expendedoras deberán considerar progresividad, ausencia de conflicto de interés y la garantía de interés superior de la niñez.

También se tiene que seguir una regulación para la venta de alimentos y bebidas naturales y preparados, saludables, sostenibles y de la región, así como consumo de agua limpia potable.

Les dan 180 días para ponerse en regla

En artículos transitorios, se señala que la SEP tendrá 180 días para actualizar lineamientos para el expendio y distribución de alimentos y bebidas procesados en las escuelas.

Los gobiernos de los estados y los municipios deberán adecuar leyes, reglamentos y otras disposiciones en un plazo no mayor a 2 años.

JRL

 

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