Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para la verificación de los padrones de personas afiliadas a los partidos políticos nacionales y locales, por considerar infundados los agravios alegados por el partido Morena en contra de ese ordenamiento.

Sin discusión en el pleno y por unanimidad, los seis magistrados asistentes a la sesión pública de este miércoles -el magistrado José Luis Vargas no asistió por estar en Estrasburgo en una reunión de la Comisión de Venecia-, votaron a favor del proyecto presentado por el magistrado Felipe de la Mata.

Morena impugnó el documento del INE alegando presuntas inconsistencias en ese acuerdo, duplicidad u omisión en algunos procedimientos vinculados a la afiliación libre de los ciudadanos, así como su desafiliación.

Lo infundado radica en que los apartados cuestionados prevén aspectos diferentes sobre cómo una personas se puede desafiliar a un partido político”, señala la sentencia sobre presuntas duplicidades en ese mecanismo aprobado por el INE.

En un comunicado oficial, se abundó sobre lo alegado por Morena, algo que sin embargo no se comentó en la sesión pública.

La controversia tiene su origen en el recurso de apelación presentado por Morena para controvertir lineamientos que, a su consideración, fomentan la presentación de quejas por indebida afiliación y eliminan el mecanismo alternativo que permitía a las personas solicitar la simple cancelación de sus datos”, se informó sobre la sentencia aprobada.

En la sesión de este miércoles, entre las sentencias aprobadas estuvieron varias presentadas o vinculadas con Morena, además de los lineamientos del INE, entre ellas las relacionadas con recursos de algunos morenistas como el senador Félix Salgado o la del panista Federico Döring en contra de una supuesta promoción indebida de la consulta popular del 1 de agosto de 2021, de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y otros funcionarios capitalinos.

También resolvieron que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena deberá admitir una queja desechada previamente por considerarla frívola, sobre los resultados del Congreso distrital 35 del Estado de México.

En otra resolución, y a propuesta de la magistrada Janine Otálora, los magistrados invalidaron un oficio de esa CNHJ y determinaron que no tiene atribuciones para determinar validez o no de los estatutos reformados del partido, sino que es una atribución del INE.

Los magistrados, por unanimidad, confirmaron las multas al INE por la afiliación indebida de ciudadanos que no reconocieron su cercanía con Morena y el ´partido, de acuerdo a la resolución, tampoco pudo confirmar documentalmente este hecho.

Los recursos estuvieron relacionados con casos de más de 70 ciudadanos y la Sala Superior confirmó la sanción al partido por parte del INE por considerar que se violó el derecho de libre afiliación de los ciudadanos y a la protección de su datos personales.

JRL

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