Ciudad de México.- En la Comisión de Justicia del Senado, por unanimidad, fue aprobado un dictamen orientado a castigar a quien difunda imágenes de víctimas de agresiones, particularmente de mujeres, quienes podrán enfrentar de seis hasta 10 años de prisión.
El dictamen, conocido como “Ley Ingrid”, plantea que se castigue a los servidores públicos que difundan, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencia, objetos, e instrumentos relacionados con cadáveres de niñas, niños, adolescentes, mujeres u hombres que obren en una carpeta de investigación.
A quien resulte culpable de este ilícito, sugiere el proyecto, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización.
La propuesta fue nombrada así en memoria de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio, asesinada brutalmente el 9 de febrero de 2020 en la alcaldía Gustavo A. Madero, por quien fuera su pareja, identificado como Francisco “N”.
El feminicidio salió a la luz luego de que dos agentes de la Fiscalía que acudieron al levantamiento del cadáver capturaron y difundieron imágenes de cómo el feminicida descuartizó y desolló a la joven al interior de su propio departamento.
Las imágenes fueron difundidas en redes sociales, medios de comunicación impresos y digitales, con lo que se revictimizó a Ingrid.
El proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 225 bis al Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia, podría ser llevado al pleno antes del 15 de diciembre.
También se aprobó un proyecto que busca aumentar hasta en una mitad más las penas ya establecidas para los delitos de lenocinio, intimidación, abuso sexual, violación, amenazas y lesiones, cuando la víctima se encuentre embarazada al momento de la comisión del delito.
La propuesta busca prevenir y, en su caso, establecer los tipos penales que permitan castigar con la debida severidad, aquellas conductas que se traduzcan en violencia durante la etapa del embarazo sean estas de carácter físico, sexual o psicológica/emocional, con el fin de evitar graves afectaciones durante el embarazo y que ello pueda incidir o limitar el desarrollo del feto o bebé.
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