Ciudad de México.- El “Plan B” de reforma electoral, propuesto ayer por el Ejecutivo federal, quita facultades al Instituto NacionalElectoral (INE) y obliga a una reestructura administrativa que prevé despidos, la modificación del Servicio Profesional Electoral, la liquidación de sus fideicomisos y la prohibición para crear otros, entre otras disposiciones.
Una vez que se desechó la reforma constitucional, por no tener el apoyo de la oposición, se discutió anoche la iniciativa de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Ley General de Partidos Políticos.
Se prevé una nueva legislación, con derogaciones y adiciones, que tendrán que tendrán aplicación en lo inmediato y a lo largo de 2023.
Al entrar en vigor la nueva legislación electoral, será destituido el secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, mano derecha de Lorenzo Córdova en el Consejo General.
Desaparecen…
Desaparecen como órganos centrales del INE la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva, y sólo quedan el Consejo General y la presidencia del Consejo General.
Se establece que la obligación para el INE de organizarse como conforme al principio de “desconcentración administrativa”.
Se crea un solo Servicio Profesional Electoral Nacional, que en la ley actual prevé dos sistemas: uno para el Instituto y otro para los Organismos Públicos Locales Electorales.
Derogan la disposición de que “adicionalmente”, el Instituto contará con personal adscrito a una rama administrativa, para el óptimo desempeño de las funciones institucionales, que se regirá por el estatuto a que se hace referencia en el párrafo anterior.
Se define que el Instituto y los Oples integrarán el Sistema Nacional Electoral y tendrán a organizar elecciones y consultas en su ámbito de competencia.
Quitan gastos médicos
Se precisa que el Instituto Nacional Electoral debe ejercer sus recursos presupuestarios conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad de la Secretaría de Hacendaria y Crédito Público.
No puede destinar ahorros, economías o remanentes presupuestales a la constitución u operación de fideicomisos.
Tampoco puede contratar seguros de gastos médicos mayores o de separación individualizada, o esquemas similares de contratación”, se establece.
“Si al ejecutarse los programas, proyectos o actividades que sustentaron el presupuesto del Instituto, se presentarán subejercicios, economías ahorros o remanentes presupuestales, éstos serán reintegrados a la Tesorería de la Federación al concluir el ejercicio fiscal”.
Queda prohibido al Instituto realizar erogaciones, reasignaciones o crear nuevos programas o proyectos con
cargo a ahorros y economías de su Presupuesto que tengan por objeto evitar el reintegro de recursos a que se refiere este párrafo”.
El Consejo General deberá crear, al inicio del segundo trimestre del ejercicio fiscal que corresponda, una comisión temporal de presupuesto que deberá “explicar abierta y ampliamente” la forma en que integrará su anteproyecto de presupuesto, rubros de gasto y proyecciones de su ejercicio.
Se precisa que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen expresamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación “o las leyes en la materia”, con lo que se podrán aplicar medidas extras a las presupuestales.
También se abroga la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que data de 1996, y se propone una nueva legislación la materia. La ley prevé la derogación de “todas” las disposiciones que se opongan al presente decreto. Sin embargo, el decreto no será aplicable en los procesos electorales del Estado de México y de Coahuila en 2023, sino que aplicará en los comicios presidencial de 2024.
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JRL