Ciudad de México.– María Isabel Cal y Mayor acusó a su exsuegro, el empresario José María Riobóo, y a su esposa, la ministra Yasmín Esquivel, de fabricarle un delito y de bloquear los recursos legales que interpuso ante la justicia mexicana y con los que buscaba no perder la herencia de sus hijos.

Acusó que tras la muerte de su esposo Rodrigo Riobóo Talayero, su suegro, el empresario y constructor favorito del Gobierno federal mexicano, buscó apropiarse de la herencia de su hijo, lo que al final consiguió. 

Si bien Riobóo Talayero murió en España en 2019, además de que él y su esposa vivían en Madrid desde el 2018 y ambos adquirieron la ciudadanía de ese país, el caso fue denunciado por el asesor del Presidente en la capital mexicana y no en la nación europea.

El legado del que José María Riobóo consiguió apropiarse y que era herencia de su hijo, se conforma del 50 % de la propiedad de unos inmuebles, derechos de cobro y un fideicomiso, valuados en conjunto en más de 77 millones de pesos.

“El padre de mi esposo fabricó en contubernio con autoridades mexicanas un delito, pero no fue ni siquiera a verlo a su sepelio, aún cuando publicara en medios que se encontraba triste, no fue a ver a su hijo ni en ese día ni años antes, porque realmente nunca veló por él, nunca le interesó y, de ser así, no estaría orquestando todo esto y sin prueba alguna”, dice Cal y Mayor en la denuncia que presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra las dependencias federales y locales que en México conocieron de su asunto.

“Un hecho que deseo destacar y que no es un asunto menor, es que el padre de mi esposo el señor José Martín Riobóo Martín está casado con Yasmín Esquivel Mossa, quien actualmente es Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que ha hecho difícil que la justicia mexicana opere con imparcialidad en mi caso, es decir, es muy probable que exista un conflicto de intereses”.

España niega extradición a México de exsuegra de José María Rioboó

El Reino de España negó a México la extradición de María Isabel Cal y Mayor Barrios, a quien el empresario José María Rioboó denunció por supuestamente propiciar intencionalmente la muerte por omisión de su hijo Rodrigo Riobóo Talayero, durante 8 años de matrimonio. 

La Audiencia Nacional de Madrid concluyó que no existe indicio del delito de homicidio contra la viuda, porque no se puede deducir que su conducta sea la causa directa, eficaz y determinante de la muerte de su marido, quien padecía distintas enfermedades crónicas. 

La justicia ibérica establece que la Fiscalía de la Ciudad de México imputa hechos que ocurrieron en España, país donde murió Riobóo Talayero y donde a la más mínima sospecha de un homicidio le hubiera valido a la viuda ser puesta a disposición de las autoridades. 

“No se sigue en España ningún procedimiento penal al respecto, ni por homicidio doloso o imprudente, ni por asesinato. La reclamada desde esa fecha ha estado siempre en España y podía haber sido investigada, o al menos interrogada sobre este hecho, y no ha sido así porque en España se consideró que no existía ningún indicio de que la muerte hubiera sido violenta”, sentenció la Audiencia Nacional. 

Los tribunales competentes para el conocimiento del asunto deberían ser los tribunales españoles, dado que, tratándose de un delito de homicidio o asesinato, delito eminentemente de resultado, la competencia territorial se atribuye al órgano jurisdiccional del lugar donde se ha cometido, sin que “juegue” en estos casos el denominado principio de ubicuidad. 

Riobóo, también esposo de la Ministra Yasmín Esquivel, denunció ante la Fiscalía de la Ciudad de México que desde el 2011, cuando se casó con Cal y Mayor, su hijo cambió de hábitos alimenticios, empezó a fumar, consumir bebidas alcohólicas y “alimentos insalubres”, así como a descuidar la administración de los medicamentos de un tratamiento. 

Riobóo Talayero falleció el 4 de marzo de 2019 en el Hospital Clínico de Puerto Real, en Cádiz, España, por insuficiencia respiratoria, infección respiratoria y sepsis grave, según el certificado médico de defunción.

Topa con pared

Tras la muerte de Rodrigo Riobóo en 2019, el asesor del Gobierno de la 4T decidió denunciar a María Isabel Cal y Mayor el 3 de septiembre de ese mismo año.

Con base en esa querella, la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, a cargo Ernestina Godoy, pidió su captura por el delito de homicidio en razón de parentesco calificado. El 19 de febrero de 2020 un juez local ordenó su aprehensión por ese ilícito que amerita prisión preventiva de oficio.

En febrero de 2021 la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entonces presidida por Santiago Nieto, congeló las cuentas de la imputada y de su padre Octavio Cal y Mayor.

Un mes más tarde, el 16 de marzo, la Secretaría de Relaciones Exteriores a cargo de Marcelo Ebrard presentó a España su solicitud de detención provisional con fines de extradición.

El 28 de junio de 2021, Cal y Mayor fue detenida en Madrid, pero unas horas después quedó en libertad provisional y en esa condición enfrentó su proceso de extradición. 

Con base en la revisión que hizo del caso, la Fiscalía española decidió no pedir la prisión preventiva a la Audiencia Nacional, aunque la acusación fuera por un delito de homicidio.

Otra denuncia que interpuso el empresario mexicano fue ante la Fiscalía General de la República contra Sergio López Romero, el abogado de la viuda que litigó contra la sentencia que le dio a Riobóo el control del patrimonio de su difunto hijo.

En esa querella, señala al litigante de haber omitido ilegalmente información relevante en un amparo que presentó contra la sentencia del juicio testamentario con la que Riobóo se hizo de los bienes.

Cuando Cal y Mayor empezó a litigar contra Riobóo, tocó con pared en la justicia federal.

La viuda batalló durante meses con varios recursos de queja para que por menos le admitieran su amparo contra la orden de aprehensión y la ficha roja de la Interpol, pero tanto un juez como un tribunal colegiado rechazaron aceptar su demanda.

Después promovió un amparo contra el bloqueo de sus cuentas bancarias, pero en ese caso un juez le exigió presentarse físicamente a las instalaciones del juzgado a ratificar su demanda, como condición para admitir el recurso.

Como la extraditable no podía asistir al recinto judicial, porque ya estaba vigente la orden de aprehensión por un delito con cárcel en automático, el juez acordó registrar este amparo como “no presentado”.

Riobóo se hizo del patrimonio de su hijo fallecido en España a través de un juicio de sucesión en el que presentó como prueba principal un testamento de 2016 en el que el ahora occiso señala al empresario como heredero único.

Cal y Mayor, como representante de los dos niños que procreó con Riobóo Talayero, presentó un amparo contra esa sentencia que fue turnado al Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil. 

Ella pidió al tribunal que enviara su demanda a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero el órgano judicial se negó; luego, pidió directamente a la Corte atraer el asunto, pero ningún ministro hizo suyo el requerimiento y el expediente regresó al tribunal. Finalmente, el 11 de noviembre de 2020 el colegiado le negó en definitiva el amparo.

El fondo

En el juicio de sucesión testamentaria, el 12 de junio de 2019 el Juez Décimo Segundo de lo Familiar, Justino Aranda García, adjudicó al asesor del Presidente el 50 % de dos terrenos, un fideicomiso con 14 inmuebles y sus respectivos derechos de cobro, valuados en su totalidad en 77 millones 788 mil 153.78 pesos.

La razón por la que sólo pidió hacerse de la mitad de los bienes involucrados, fue porque la herencia fue repartida en partes iguales entre Rodrigo y su hermano José María, indican sentencias judiciales. 

Los dos terrenos están ubicados en las colonias Prados de la Montaña y Bosques de las Lomas, y la parte adjudicada al esposo de la Ministra equivale a 20 millones 828 mil pesos.

La mitad de los derechos de cobro del contrato del fideicomiso, constituido el 15 de diciembre de 2011, asciende a 1 millón 547 mil 207.20 pesos.

A Riobóo también le adjudicaron en este fallo los derechos del 50% de 14 inmuebles integrados al fideicomiso, porcentaje con un valor de 55 millones 412 mil 946.58 pesos.

Los bienes incluidos en ese fideicomiso son 4 casas en la Colonia Lomas de Chapultepec, un edificio en Polanco, 4 terrenos en la zona escolar de Santa Fe, así como 2 despachos, un cajón de estacionamiento y una bodega en un edificio de la Colonia del Valle.

Esta resolución judicial fue enviada al Notario Público 116, Ignacio Morales Lechuga, para que elaborara la escritura.

María Isabel Cal y Mayor afirma que la persecución en su contra fue fabricada por Riobóo, en contubernio con las autoridades mexicanas.

“En el fondo de este asunto… está el interés económico y patrimonial del señor José María Riobóo Martin, pues intenta despojar a mis menores hijos de su derecho a suceder a su padre”, señala Cal y Mayor en la queja que presentó el 12 de noviembre de 2020.

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FRG

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