Ciudad de México.- Un tribunal federal ordenó llevar a cabo una audiencia para definir si está o no vigente el delito por el cual está acusada Rosario Robles en el caso de la Estafa Maestra y, por consecuencia, resolver si su proceso debe ser cancelado.
El Noveno Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México concedió un amparo a la extitular de la Sedatu y la Sedesol que invalida la decisión de un juez de control que el 4 de febrero de 2022 negó la cancelación del proceso, porque estimó que el ilícito de ejercicio indebido del servicio público no está derogado.
La defensa de la ex Secretaria de Estado estimó que la audiencia podría llevarse a cabo en 15 días, ya que primero el tribunal debe engrosar o elaborar una versión por escrito más detallada del fallo y luego un juez de amparo debe calificar el cumplimiento de esta sentencia.
(El juez de control) deberá determinar si la conducta es constitutiva de delito o sólo causa de responsabilidad administrativa, para así se tenga la certeza de una verdadera taxatividad que pide la defensa de la quejosa”, sentenció el tribunal.
Epigmenio Mendieta, abogado de la exfuncionaria, expuso que con este fallo el juez del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur estará obligado a verificar todos los argumentos planteados por la defensa y que no atendió en la audiencia de hace casi un año.
La sentencia del colegiado ordena realizar una audiencia para que se valoren dos cosas. Ya hay un reconocimientos de que existen dos disposiciones que establecen exactamente lo mismo: el Código Penal y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”, explicó Mendieta.
“El tema concreto es decidir en cuál de las dos debe aplicarse a Rosario, la que más le beneficia y la que menos le perjudica”.
El 4 de febrero del año pasado, Robles solicitó en una audiencia sobreseer o dejarle de instruir el proceso por el delito de ejercicio indebido de servicio público, por supuestamente haber sido omisa ante los desvíos de más de 5 mil 73 millones 350 mil 846 pesos que cometieron sus subordinados en la Sedatu y la Sedesol, en el caso de la Estafa Maestra.
Su argumento central es que la presunta omisión que le imputan constituye un incumplimiento con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no un delito.
Lo anterior, porque esta norma administrativa publicada en marzo de 2006 precisa en su segundo artículo transitorio que todas las disposiciones que se opongan a sus lineamientos quedarán derogadas y en su artículo 114 señala al ilícito atribuido a Robles.
El Juez de control Ganther, Alejandro Villar Ceballos, rechazó en aquella audiencia que el delito estuviera derogado y, por consecuencia, negó la cancelación del proceso.
La exfuncionaria presentó un amparo contra esa decisión, pero en septiembre pasado se lo negó el Juez Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien dijo que la norma penal no estaba subordinada a la ley presupuestal que alegó la acusada.
Robles abandonó el Penal Femenil de Santa Martha Acatitla el pasado 19 de agosto, luego de que el Juez Villar Ceballos finalmente le concediera continuar su proceso en libertad provisional bajo condiciones como la prohibición de salir del País y presentarse cada 15 días a la Unidad de Medidas Cautelares.
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HLL