Ciudad de México.- Por violaciones al debido proceso, un juez federal instruyó cancelar la orden de aprehensión girada en contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, exgobernador de Tamaulipas, por los delitos de delincuencia organizada y lavado de 42.1 millones de pesos en la venta de un departamento en Santa Fe.
Faustino Gutiérrez Pérez, Juez Octavo de Distrito de Tamaulipas, concedió un amparo que ordena anular el mandamiento de captura librado el 4 de octubre pasado por Ivan Zeferín Hernández, entonces Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, Estado de México.
Gutiérrez argumentó que el mandamiento de captura viola un principio esencial del derecho, de que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos (non bis in ídem), ya en este caso el juez de control acomodó dos tipos penales a las acciones atribuidas al tamaulipeco.
Según el juez de amparo, la pertenencia a un grupo criminal, un supuesto hecho por el que se fincó el delito de delincuencia organizada, no acredita de forma automática el lavado de dinero.
Esto es, jurídicamente, resulta incompatible que a quien sea responsable del delito de delincuencia organizada, por realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita, le resulten atribuibles ambos delitos, pues desde el momento en que una persona forma parte de un organismo criminal se le debe imputar el delito de delincuencia organizada.
A la inversa, cuando una persona adquiere o deposita recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, no por ese sólo hecho actualiza el delito de delincuencia organizada”, señala la sentencia de amparo.
“Incurrir en esa afirmación jurídica al momento de analizar un mismo hecho, a la luz de dos tipos penales, equivale a juzgar dos veces a una persona por el mismo delito, violando en su perjuicio el principio de derecho non bis in ídem, contenido en el artículo 23 Constitucional, que prohíbe sancionar dos veces a una persona por un mismo delito”.
Por lo anterior, el juez ordenó al juzgador ahora responsable de la causa penal cancelar el mandamiento de captura y dictar una nueva resolución que establezca que no existen datos de prueba que acrediten que se han cometido los hechos con apariencia de delitos de delincuencia organizada y lavado.
Este fallo, sin embargo, no es definitivo, pues la Fiscalía General de la República puede presentar un recurso de revisión que tocará resolver a un tribunal colegiado.
La imputación contra el ex Mandatario tamaulipeco refiere que su Gobierno adjudicó cinco contratos de obra al constructor Baltazar Higinio Reséndez Cantú por 138 millones 939 mil 168 pesos.
Luego, entre marzo y abril de 2018, Reséndez pagó 33.5 millones a Juan Francisco Tamez Arellano por la compra de un terreno.
Al año siguiente, la empresa T Seis Doce, de la que Tamez Arellano es accionista mayoritario y representante legal, compró en 42.1 millones el departamento de García Cabeza de Vaca en Bosques de Santa Fe, Ciudad de México.
Para la FGR, esta fue una triangulación de recursos del erario que fueron lavados a través de una compra venta y que terminaron en las cuentas del ex Mandatario.
JRL