Ciudad de México.- Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la exclusión de la consejera electoral Claudia Humphrey del proceso para la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE) al estar impedida constitucional y legalmente.
Se trataría de una reelección, señala la sentencia aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra.
Con la sentencia se confirmó la decisión que previamente había tomado el Comité Técnico de Evaluación de Aspirantes del INE.
“Se considera que la aplicación de la prohibición no vulnera el derecho de la consejera a acceder a la función electoral, pues este derecho no es absoluto, lo que puede condicionarse a ciertos requisitos”, sostiene la sentencia aprobada.
“Además, desde 2014, cuando se designó al actual consejero presidente, se tuvo certeza de que el próximo proceso de designación en que estaría disponible la presidencia sería en 2023, por lo que la consejera estuvo en posibilidad de planear su participación para ese proceso específico.
“Conforme a ello, se estima correcta la interpretación que hizo el Comité Técnico de Evaluación, pues por mandato constitucional las personas que ejercen el cargo de consejero o consejera del INE están impedidos para volver a aspirar a cualquier consejería de ese órgano electoral”.
La resolución enumeró algunas de las razones para la confirmación del impedimento de la consejera Humphrey.
“La prohibición constitucional de reelección se refiere de forma expresa tanto a las consejerías que desempeñan la presidencia, como al resto de las consejerías electorales”, explica.
“Sin embargo, se considera que esto no implica que se trate de cargos distintos y que, por ende, no se actualice la reelección entre uno y otro; por el contrario, implica que la prohibición aplica a todos los tipos de consejerías integrantes del Consejo General del INE”.
Todas las consejerías, añade, participan de un mismo órgano electoral y sus decisiones, lo cual además garantiza pluralidad de perfiles y refuerza la prohibición de la reelección.
“Esta finalidad no se lograría si se permitiera que una misma persona ocupe una consejería y luego la presidencia o viceversa”.
Este marco legal, asegura, salvaguarda el diseño de renovación escalonado del Consejo General del INE, y es congruente con la prohibición que ese órgano jurisdiccional ha aplicado para las consejerías electorales locales.
A favor del proyecto presentado por el magistrado ponente, el presidente Reyes Rodríguez, votaron los magistrados Felipe de la Mata, Indalfer Infante y José Luis Vargas. En contra votó la magistrada Mónica Soto.
La magistrada Janine Otálora y el magistrado Felipe Fuentes no estuvieron en la sesión pública de este miércoles.
En la sentencia se desestimaron los argumentos de la consejera Humphrey, quien sostenía que la presidencia del INE es un cargo diferente al que ella ejerce como consejera electoral en este momento, por lo cual no era una reelección.
Tanto en el proyecto aprobado como en las intervenciones en la sesión de los magistrados Rodríguez y Vargas, se señaló que si bien puede haber algunas funciones diferentes, los cargos forman parte de un mismo órgano electoral y la prohibición a la reelección aplica a todas las consejerías.
El magistrado Reyes citó la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución de la República y sostuvo que la defensa de los derechos humanos de las personas pueden tener un límite, más tratándose de funcionarios públicos, quienes deben ceñirse a lo expresamente señalado en el marco legal y constitucional.
El consejero Vargas, al apoyar el proyecto, expuso ante el pleno que se debe interpretar la Constitución cuando hay omisiones, pero no cuando es expresa, y en este caso el Consejo General del INE es un solo órgano, y que existan funciones distintas, no implica posiciones distintas de la presidencia y la consejería.
Tienen el mismo estatus y los mismos derechos y obligaciones, apuntó.
La magistrada Soto, por su parte, se quedó sola al apoyar la postura de la consejera Humphrey y sostener que no había prohibición expresa de que participara y que para ella eran funciones diferentes y que no debían limitarse sus derechos.
En el caso del ex consejero del INE Javier Santiago, que optaba por participar en la designación de la presidencia del órgano electoral, se desechó el recurso ante el Tribunal por ser una posición reservada a una candidata mujer, de acuerdo a la sentencia.
En otras sentencias, desestimaron agravios de otros aspirantes que impugnaron su exclusión de la lista del Comité Técnico de Evaluación por diversos motivos, como el incumplimiento de requisitos o inconformidad con el examen y confirmaron los acuerdos del Comité.
JFF