Al tener guardado dinero en tu subcuenta de vivienda en Infonavit, lo puedes depositar a tu cuenta de Afore y así crecer tu pensión.

Ciudad de México.- Un trabajador que tiene su cuenta de Infonavit y a la larga no usó o tiene dinero acumulado en su cuenta, puede darle un mejor uso o destinarlo a su Afore y poder crecer su pensión.

De acuerdo con el artículo 40 de la Ley del Infonavit, los recursos de la subcuenta que no se hayan aplicado o usado serán transferidos a las Afore para la contratación de la pensión correspondiente. 

Esto con la finalidad que si los recursos no cumplieron con lo cometido, se canalicen para el beneficio de los empleados, además de que con el nuevo esquema de pensiones, entre mayor sea el saldo acumulado en la cuenta individual del trabajador, mayor será el monto de la pensión. 

Sin embargo, los jubilados que están bajo la Ley del Seguro Social de 1973 pueden acceder a este dinero de su subcuenta de vivienda. 

Para destinar tu crédito de Infonavit al Afore, deberás tomar en cuenta lo siguiente: 

Debes hacer esta petición en Infonavit (lo puedes hacer directamente en la página de Mi Cuenta Infonavit), pero debes tomar en cuenta que hay tres tipos de régimen en los que puedes estar inscrito, bajo subcuenta 1992, subcuenta de 1997 y el fondo de ahorro 1972-1992. 

Dependiendo en qué régimen está inscrito cambiarán los requisitos:  

  • Subcuenta 1992: Todas las aportaciones patronales de 1992 a junio de 1997 fueron destinadas a este fondo, el cual es entregado a los beneficiarios con los rendimientos que hayan generado hasta el momento de su retiro.Algunos de los requisitos que se necesitan para obtener el dinero son: Tener 65 años o más y estar registrado en alguna Afore. Para empezar el trámite es necesario sacar una cita en la página web.
  • Subcuenta 1997: La subcuenta de vivienda 1997 se formó con las aportaciones realizadas por los patrones a partir del 1 de junio de ese año, y se entregarán los ahorros a los beneficiarios inscritos en dicha subcuenta.Los requisitos que deberán cumplir son: Un dictamen de pensión expedido por el IMSS; si llegaran a estar en un proceso de homonimia, concluirlo antes de iniciar el trámite y no contar con un crédito Infonavit vigente.
  • Fondo de ahorro 1972-1992: El fondo de ahorro 1972-1992 consiste en las aportaciones realizadas por el patrón de 1972 a 1992 y se entregará con los rendimientos acumulados hasta el momento del retiro.

Por último, al realizar el trámite debes de tener más de 50 años de edad, un año sin trabajar, contar con una resolución de pensión expedida por el IMSS y ser jubilado por un plan privado. 

(Con información de La Silla Rota recabada por Jacqueline Franco)

JFF 

 

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