"El sistema democrático nacional tiene como garantía orgánica la adecuada capacidad operativa del INE. El decreto reclamado produce una modificación sustancial en la organización, estructura y funcionamiento del propio órgano, al grado que es posible que se pueda comprometer su regular funcionamiento en los términos que venía operando", afirmó Láynez

Ciudad de México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó hoy una propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel para desechar la controversia del Instituto Nacional Electoral (INE) contra la parte central del llamado Plan B, la reforma electoral impulsada por el actual Gobierno.

Por tres votos contra dos, la Sala rechazó un proyecto de Esquivel que desechaba esta controversia por ser notoriamente improcedente, al declarar fundado un recurso de reclamación que presentó el Senado para impugnar la admisión a trámite de la demanda, dictada el 24 de marzo por el Ministro Javier Laynez.

De haber sido desechada la controversia, hubiera quedado sin efectos la suspensión concedida por Laynez, que ha impedido la aplicación de la reforma publicada el pasado 2 de marzo, por la cual se adelgaza sustancialmente la estructura del INE y se crea un nuevo sistema de medios de impugnación en materia electoral, entre otros cambios.

La Ministra Loretta Ortiz fue la única que votó a favor del proyecto de Esquivel, mientras que Laynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán votaron en contra, y por declarar infundadas las reclamaciones del Ejecutivo y de ambas cámaras del Congreso de la Unión.

Ambos poderes federales alegaban que la controversia del INE no debió ser admitida porque el artículo 105 de la Constitución prohíbe expresamente este tipo de juicio para impugnar normas en materia electoral.

En el acuerdo de admisión de la controversia, Laynez no dio mayores explicaciones sobre este punto, pero al suspender el Plan B, argumento:

“El sistema democrático nacional tiene como garantía orgánica la adecuada capacidad operativa del INE. El decreto reclamado produce una modificación sustancial en la organización, estructura y funcionamiento del propio órgano, al grado que es posible que se pueda comprometer su regular funcionamiento en los términos que venía operando”, afirmó Láynez, al conceder el viernes pasado la suspensión en la controversia 263/2023.

“En consecuencia, para evitar la posible disminución de la capacidad operativa del órgano y con ello salvaguardar el sistema, democrático nacional, se impone el otorgamiento de la medida cautelar frente a la totalidad del decreto impugnado”, agregó.

Las reclamaciones del Ejecutivo y Legislativo contra esta suspensión están pendientes en la Primera Sala de la Corte.

Además de la controversia del INE, la Corte está tramitando ocho acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos, minorías del Congreso y el INAI, en las cuales Laynez está a punto de cerrar la instrucción para presentar el proyecto de sentencia respectivo, que previsiblemente ira en el sentido de anular la reforma, por los mismos vicios de procedimiento legislativo por los que la Corte invalidó el 8 de mayo la primera parte del Plan B.

Estas acciones, que son medios de control abstracto y no requieren mayor trámite procesal, son las que primero permitirán al Pleno de la Corte resolver este tema, pues la controversia del INE tiene un trámite más lento, y Laynez agendó hasta el 10 de julio la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos.

Para entonces, es probable que el tribunal ya haya anulado la segunda parte del Plan B, por lo que la controversia quedará sin materia.

JFF 

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