Las mujeres que hayan expuesto a un deudor alimentario antes de que se terminé el juicio en su contra, podrían ser acreedoras a una sanción debido a que estarían vulnerando la privacidad del deudor.

Morelia, Michoacán.- Si expusiste a un deudor alimentario mientras continúa un juicio en su contra, podrías ser acreedora a una sanción por parte del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) debido a que estarías poniendo en riesgo la privacidad del deudor.

Si el juez no ha dictado una sentencia, se le podría acusar de vulnerar la privacidad del deudor alimentario, por lo que de acuerdo al Artículo 64, las infracciones a dicha Ley Federal de Protección de Datos Personales y Posesión de los Particulares, será acreedora una multa de 200 a 320 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal. 

Asimismo es que mientras la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo considera que la información debe ser recibida y podrá clasificados como aquella cuya publicación vulnere la conducción de los Expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado una sentencia. 

(Con información de Mi Morelia)

JFF 

 

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