Yucatán.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el 28 de junio un proyecto que avala la instalación de nacimientos en plazas públicas de Mérida, Yucatán, como parte de las celebraciones de Navidad.

El proyecto fue presentado a la Primera Sala por el ministro Arturo Zaldívar, y negaría el amparo a Roberto Sánchez Campos, un ateo que impugnó las decoraciones por parte del ayuntamiento de la capital yucateca en la Navidad de 2020, por considerar que violaron el Estado laico previsto en la Constitución.

Otro proyecto sobre el mismo tema, en el que el ministro Juan Luis González Alcántara proponía declarar que los ayuntamientos no pueden destinar recursos públicos para colocar símbolos religiosos, fue retirado de la lista de sesión de la Sala, pues el quejoso en ese amparo, Miguel Anguas Rosado, se desistió de su recurso el 14 de junio.

La Corte arrastra este tema desde octubre de 2022, cuando González Alcántara publicó un proyecto inicial en el caso de Anguas, que calificaba a los símbolos religiosos como “instrumentos de dominación y conquista”, y que fue criticado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En su proyecto, Zaldívar estudia la libertad religiosa y el laicismo de la Constitución, y concluye que sí hay casos en los que el Estado puede violar estos principios cuando exhibe símbolos religiosos en espacios públicos.

El Estado no sólo debe abstenerse de interferir con el ejercicio legítimo de la libertad religiosa, sino que tiene el deber de garantizar un espacio público libre de imposiciones religiosas que vulneren las condiciones de pluralidad y tolerancia que nuestra democracia demanda”, se lee en el proyecto.

Sin embargo, también se aclara que no todos los casos son iguales, y que se debe juzgar si la actuación estatal tuvo una intención claramente religiosa, para lo cual se citan varios precedentes de tribunales de Estados Unidos y Europa.

“Para determinar lo anterior, es necesario evaluar: el contexto fáctico en torno a la colocación del símbolo religioso; la intención de las autoridades y el impacto de su actuación en las condiciones de pluralidad del espacio público”, propone Zaldívar.

Al aplicar este parámetro a los adornos navideños instalados en Mérida en 2020, ilustrados en el proyecto con catorce fotos de plazas y glorietas de esa ciudad, el Ministro concluye que no se violó la Constitución por instalar dos nacimientos en el Parque de las Américas y la Plaza Grande.

“Esta Sala no niega el hecho de que la figura del nacimiento de Jesucristo tiene un origen de carácter religioso y, por lo tanto, al ser un símbolo posee diversos sentidos, uno de los cuales es religioso”, explica el proyecto.

Pero la evidencia de los múltiples adornos en toda la ciudad, indica que el municipio tuvo una intención secular, no religiosa.

“Fuera de la colocación de los dos nacimientos, no existe en el expediente indicio alguno de que el ayuntamiento haya preferido o privilegiado alguna creencia religiosa particular. Tampoco existe evidencia alguna frente a esta Corte de ningún tipo de rechazo, estigma, exclusión, segregación, intolerancia o cualquier otro tipo de mensaje o conducta discriminatoria por parte del ayuntamiento hacia la comunidad atea.

“La mera colocación de los dos nacimientos en modo alguno impuso una obligación al quejoso de observar alguna creencia religiosa, o de actuar en forma contraria a sus convicciones”, se concluye en el proyecto, que requiere tres de cinco votos para ser aprobado.

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FRG

 

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