El Ministro Jorge Pardo Rebolledo se declaró impedido para conocer del recurso con el que la Fiscalía General de la República (FGR) busca evitar la inminente liberación de Mario Aburto Martínez, asesino de Luis Donaldo Colosio

Ciudad de México.- El Ministro Jorge Pardo Rebolledo se declaró impedido para conocer del recurso con el que la Fiscalía General de la República (FGR) busca evitar la inminente liberación de Mario Aburto Martínez, asesino de Luis Donaldo Colosio.

La Primera Sala de la Corte notificó hoy el inicio del trámite del impedimento, planteado por el Ministro porque, cuando era juez de Distrito, en la década de los noventa, dictó sentencias del caso Colosio.

Los otros cuatro integrantes de la Sala resolverán en sesión aún por determinar si Pardo efectivamente está impedido, hecho lo cual, el recurso de revisión de la FGR tendrá que ser turnado a otro Ministro o Ministra para que elabore el proyecto respectivo.

En agosto de 1996, el entonces juez Pardo Rebolledo dictó sentencia absolutoria en favor de Othón Cortés Vázquez, acusado por el Fiscal Pablo Chapa Bezanilla de ser el segundo tirador contra Colosio en Lomas Taurinas.

En el mismo fallo, Pardo absolvió a Fernando de la Sota y Alejandro García Hinojosa, ex integrantes del equipo de seguridad de Colosio, quienes enfrentaban cargos por falsedad en declaración, un ilícito que les fincaron por manifestar que Mario Aburto era el autor del segundo disparo, hecho que después se confirmaría.

La FGR impugnó ante la Corte el amparo concedido el 5 de octubre por el Primer Tribunal Colegiado Penal en Toluca, que ordenó aplicar a Aburto la pena por homicidio prevista en 1994 en el Código Penal de Baja California, que era de hasta treinta años, y no la del Código Penal Federal, como habían hechos las instancias previas del juicio.

De ser confirmado este amparo, Aburto saldrá de prisión el 23 de marzo, al cumplirse treinta años del magnicidio, pero dicha liberación se podría retrasar mientras la Corte no dicte sentencia sobre el recurso de la FGR.

El argumento constitucional de la FGR para que la Corte revise el caso es inusual, pues se basa en la afectación que el asesinato del entonces candidato Presidencial del PRI provocó a la democracia en el País.

“En este asunto, el tribunal colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario Aburto, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México, al proceso electoral para la Presidencia de la República, así como al avance en materia de participación ciudadana, que quedaron gravemente lastimados en todo el País”, sostuvo la FGR.

Bajo esta lógica, existieron afectaciones a los artículos 41, 73 y 104 de la Constitución, lo que bastaría para justificar la aplicación del Código Federal a la hora de imponer la pena contra Aburto, originalmente condenado a 45 años.

REFORMA reveló este lunes que la FGR intenta revivir la hipótesis del segundo tirador, ahora señalando a Jorge Antonio Sánchez Ortega, agente del CISEN que fue repetidamente investigado por el homicidio, amén de pretender involucrar por encubrimiento a Jorge Tello Peón, fundador de la agencia de inteligencia, y Genaro García Luna, que también era agente en esa época.

JFF

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