Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia definió que las personas transgénero y transexuales también sean consideradas como víctimas de feminicidio.
De acuerdo con la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, mencionó que es importante que México reconozca la violencia trans feminicida, por lo que se debe tipificar penalmente, esto con el fin de que evitar actos de discriminación cuando se investigan los casos.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán alegó que en el Congreso Local incurrió en una omisión porque no reconoce a las personas transgénero y transexuales como víctimas de feminicidio, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 30 de agosto del 2022.
Por lo que se analizó la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio de Michoacán, donde el máximo tribunal concluyó, por unanimidad de votos, que dicha legislación si puede ser aplicable para mujeres “trans”.
Margarita Ríos Forjat, señaló que “no existe una omisión legislativa en cuanto a prever el homicidio de las mujeres transgénero, ya que la legislación establece una distinción en el sentido de que solo sea aplicable a mujeres cisgénero, cuya identidad coincide con el sexo asignado al nacer”.
Al analizar los argumentos de Ríos Forjat, sus colegas también coincidieron en que incluir a transexuales en la ley de Michoacán no quita la necesidad de que se deban adoptar medidas reforzadas ante la violencia.
Cabe destacar que es la primera vez que en el Pleno se habla del feminicidio en personas trans.
(Con información de Milenio y La Jornada)
JFF