Se trata de uno de los pocos casos de prácticas monopólicas en que la Corte ha aceptado intervenir para revisar la actuación de la Cofece.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia resolverá en definitiva si siete bancos incurrieron en prácticas monopólicas absolutas, por manipular el mercado de intermediación de deuda emitida por el gobierno federal. 

Por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte aceptó el 12 de junio la petición de Bank of America para atraer la revisión del amparo que promovió contra la sanción que impuso la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). 

Dicha sanción, consistente en multas por 35.7 millones de pesos, fue impuesta por la Cofece en enero de 2021, luego de una investigación de más de cuatro años en la que determinó que 11 ejecutivos, conocidos como traders, se pusieron de acuerdo -vía mensajes de texto- para incrementar los precios de las emisiones de deuda gubernamental en el mercado secundario, entre 2010 y 2013

Los otros bancos sancionados fueron BBVA, Santander, Barclays, Deutsche Bank, Citibanamex y JP Morgan, aunque las multas fueron relativamente menores, porque se tuvo que aplicar la ley de competencia vigente en la época de los hechos y no la que entró en vigor en 2014

Se trata de uno de los pocos casos de prácticas monopólicas en que la Corte ha aceptado intervenir para revisar la actuación de la Cofece, pues la mayoría de los asuntos que resuelve sobre competencia se refieren sólo a la constitucionalidad de las leyes respectivas.  

La atracción fue aceptada en sesión privada por los ministros Yasmín Esquivel, Javier Láynez y Alberto Pérez Dayán, con voto en contra de Lenia Batres y Luis María Aguilar.

En noviembre de 2022, el entonces Juez federal Juan Pablo Gómez Fierro negó el amparo a Bank of America y confirmó la legalidad de la sanción. Este es el fallo que revisará la Corte. 

Los bancos alegaron entonces que los chats entre sus empleados fueron mal valorados por la Cofece, porque estaban interactuando como contrapartes y no como competidores. El juez rechazó este argumento.

En el procedimiento de origen, existió evidencia de que los involucrados en las conversaciones efectuaron operaciones en su carácter de competidores, puesto que los arreglos que se acordaron tenían por objeto, manipular los precios y/o abstenerse de adquirir ciertos valores gubernamentales emitidos por el gobierno mexicano”, afirmó Gómez Fierro. 

Otro argumento de defensa fue que la Cofece desestimó indebidamente un peritaje que negaba la existencia de algún daño económico para terceros, beneficios para los bancos, o una afectación a la libre formación de precios. 

“Basta con acreditar los elementos de la conducta, en lo que interesa, que existan indicios suficientes de los que se desprenda la existencia de un acuerdo o arreglo con el objeto de manipular precios, sobre el bien o servicio que corresponda al mercado investigado, sin que sea necesario que los mismos produzcan un efecto dentro de éste”, replicó el juez.

JJJC

 

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