Un tribunal federal estableció, por primera vez, que las universidades privadas pueden ser consideradas como autoridades y, por tanto, se pueden promover demandas de amparo para cuestionar si sus actos son legales o violan derechos humanos, incluso los previstos en tratados internacionales.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Toluca, Estado de México, ordenó el 6 de agosto pasado admitir a trámite el amparo promovido contra la Universidad Anáhuac por el alumno Luis Rodrigo Iglesias Campos, luego que se le advirtió que sería excluido de una maestría en derecho privado por supuesta falta de pago de la colegiatura.
Los magistrados determinaron que las universidades privadas pueden ser consideradas como autoridades, pues la nueva Ley de Amparo señala que “los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos y cuyas funciones estén determinadas por una norma general”.
Desde finales de la década de los 90’s, la Suprema Corte de Justicia estableció que las universidades públicas deben ser consideradas como autoridades, pues reciben recursos del erario y su existencia deriva de leyes orgánicas, pero ese concepto nunca se había extendido a instituciones privadas.
“El criterio sustentado por el máximo tribunal del País también puede servir como base para analizar los actos emitidos por las universidades particulares frente sus alumnos, pues, en ambos casos, se trata de una función pública que les fue conferida por el Estado, como lo es la impartición de educación”.

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