Aprueban en el Congreso del Estado, reformas al Código Civil, ahora quienes estén casados por bienes separados en caso de divorciarse podrán exigir hasta el 40% de los bienes.
La diputada Norma Cordero Prado en coordinación con legisladores panistas, hicieron la propuesta en beneficio de cónyuges cuando se dedican principalmente al cuidado de los hijos y a las labores del hogar en caso de divorcio por separación de bienes.
Por lo anterior se reformó el Código Civil del estado de Jalisco en algunos de sus apartados, lo cual traerá beneficios a los casados por bienes separados, cuando se presente el divorcio. Por lo que se adicionan la fracción VI al artículo 406 y el artículo 417 bis.
Cuando exista matrimonio bajo el régimen por separación de bienes al momento del divorcio, al cónyuge le corresponderá hasta un 40% del valor de los bienes que hubiera adquirido dentro del matrimonio siempre y cuando “se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos”. “El juez de lo familiar resolverá atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso”.
Cuando se refiere a un divorcio contencioso, se agregó el artículo 417 Bis, donde al igual que al anterior, “si el matrimonio hubiese estado bajo el régimen de separación de bienes y uno de los cónyuges se hubiere dedicado preponderantemente a las labores no remuneradas del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, durante el tiempo que haya durado el matrimonio, y por esto no adquirió bienes, tendrá derecho a una compensación por parte de su cónyuge que no podrá ser superior al cuarenta por ciento al valor de los bienes que hubieren adquirido”.

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