La reforma constitucional en materia de transparencia terminó su proceso legislativo, luego de ser avalada por 16 Legislaturas.
Los estados que ya aprobaron la reforma —ratificada por el Congreso de la Unión en noviembre pasado— son el Estado de México, San Luis Potosí, Puebla, Baja California Sur, Coahuila, Nayarit, Colima, Campeche, Jalisco, Quintana Roo, Tamaulipas, Querétaro, Tabasco, Baja California, Aguascalientes y Chiapas, de acuerdo con una revisión hecha por EL UNIVERSAL.
El Distrito Federal no participa en este recuento, debido a que no cuenta con autonomía formal y la Constitución, hasta hoy, sigue considerando únicamente 31 estados de la República y un Distrito Federal, por lo que la mitad más uno de éstos hacen 16, que son las aprobaciones locales que alcanzó la reforma en transparencia.
Sólo falta que los Congresos de esos estados notifiquen oficialmente al Congreso Federal para que prosiga el trámite y emita la Declaratoria de Constitucionalidad de la reforma en materia de transparencia.
Una vez hecho lo anterior, el Congreso tiene un plazo de un año para que senadores y diputados armonicen las leyes secundarias y además expidan una Ley General de Acceso a la Información.
Entre los cambios constitucionales de trascendencia, ahora el IFAI y los órganos de transparencia estatal tendrán autonomía constitucional; además se incluyen el Poder Legislativo, el Consejo de la Judicatura Federal, los partidos políticos, sindicatos y fideicomisos como sujetos obligados a esta ley.
Así, a nivel federal las personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos deberán transparentarlos y garantizar el acceso a esa información.
Las resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) se mantienen como vinculatorias, definitivas e inatacables, para todos los entes públicos.
Sólo la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República podrá impugnar fallos de ese instituto —ante la Suprema Corte— cuando considere que se pone en riesgo la seguridad nacional. Los órganos autónomos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrán interponer controversias ante la Corte cuando consideren que la actuación del IFAI interfiere con su labor.
LOS CAMBIOS
•En la reciente reforma al IFAI, el Congreso estableció que toda autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los tres Poderes de la Unión, con excepción de la Suprema Corte de Justicia, estará obligado a proporcionar información. Estos sujetos serán: partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos y cualquier persona física, moral o sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.
Fuente: Cámara de Diputados