Semar y Sedena publicaron el Manual de uso de la fuerza que prohíbe disparar a vehículos en movimiento, asfixiar detenidos y limita el uso de armas de fuego sólo cuando exista peligro de muerte.
Precisa que “eviten cometer conductas como homicidios, cateos y visitas domiciliarias ilegales, tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, violencia sexual y desapariciones forzadas, entre otros”.
La fuerza es una opción que “debe tomarse de manera razonada”, procurar causar “el menor daño posible”, y por ello recomienda recurrir siempre a la “persuasión y disuasión”.
El ordenamiento recoge la preocupación de los institutos armados, que es proteger a la población en “acciones de apoyo a las autoridades civiles responsables de la seguridad pública” y enuncia excesos de autoridad.
Es procedente el uso de la fuerza y de armas en casos como el apoyo a autoridades civiles, impedir la comisión de delitos o proteger de agresión a bienes jurídicos tutelados. El abuso se castigará con base en la legislación castrense, civil e internacional.

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