La Corte Europea de Derechos Humanos avaló la validez de la ley francesa que prohíbe cubrirse el rostro con el velo islámico en la calle, demanda iniciada por una mujer que alegaba la violación de su libertad de culto.
El fallo de la corte con sede en Estrasburgo fue el primero de su tipo desde que Francia sancionó en 2010 una ley que prohíbe ocultarse el rostro en la calle y otros lugares públicos. La ley está vigente desde 2011.
La Gran Cámara de la corte rechazó los argumentos de una mujer veinteañera, una musulmana devota que no fue identificada por su nombre. Ella dice que no oculta su rostro en todo momento, pero que lo hace para estar en paz con su fe, cultura y convicciones. Destacó en su demanda que nadie, ni siquiera su esposo, le obliga a ocultar el rostro, algo de particular interés para las autoridades francesas.
La corte falló que la intención de la ley, de promover la armonía en una población heterogénea, es legítima y no viola la Convención Europea de Derechos Humanos.
Defensores de derechos humanos y otros detractores de la prohibición alegan que la ley es una ofensa a los musulmanes y estigmatiza el islam. Con cinco millones, Francia tiene la mayor población musulmana de Europa occidental.
Bajo la ley, las mujeres que se cubren el rostro pueden ser condenadas a pagar 150 euros (205 dólares) de multa o asistir a clases de instrucción ciudadana o ambas penas.
En su momento la ley apareció como una medida de seguridad, se consideraba a las mujeres veladas fundamentalistas y posiblemente extremistas. Además se temía por el modelo de integración francés en el cual se espera que personas de diversos orígenes se asimilen.
La corte declaró que la prohibición es una “decisión de la sociedad”, lo cual le da a Francia un amplio margen de interpretación, tanto más por cuanto no hay en Europa una concepción común del tema. Pocos países prohíben los velos faciales.
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