¿Las personas que no saben leer ni escribir pueden ser excluidas de los cargos de elección popular?, es el tema que empezó a debatir ayer la Suprema Corte de Justicia.
Los ministros discutieron la validez del artículo 69 de la Constitución de Durango, que a partir de agosto de 2013 señala que para ser Diputado local es requisito saber leer y escribir.
Dicho requisito no está previsto, por ejemplo, en la Constitución federal para diputados y senadores del Congreso de la Unión, pero las legislaturas locales cuentan con cierto margen para agregar características que deben cumplir sus integrantes.
Sólo cuatro de los nueve ministros que asistieron a la sesión del pleno se pronunciaron sobre el tema, y tres de ellos lo hicieron por la inconstitucionalidad del artículo, que fue impugnado por el procurador Jesús Murillo Karam por considerarlo discriminatorio de los grupos marginados de la sociedad.
“Aquí se está discriminando a un grupo de personas, de mexicanos, porque no saben leer ni escribir, y se parte del prejuicio de que para ser representante popular, el tener cierta instrucción o educación le da a las personas mayor inteligencia o sabiduría, y la experiencia demuestra que esto no siempre es así”, afirmó Arturo Zaldívar.
“Muchos de los representantes populares del País y lo digo sin ningún doble sentido, tienen condiciones bajas de instrucción porque así lo determinaron sus partidos y así lo determinaron sus electores”, dijo por su parte José Ramón Cossío.
La discusión continuará mañana jueves, último día de sesión de pleno antes del receso judicial, y serán necesarios al menos ocho votos para invalidar el artículo 69.

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