El pleno del Tribunal Constitucional no tuvo ayer ninguna duda y ha aprobado por unanimidad admitir a trámite los recursos del Gobierno contra la ley de consultas, aprobada por el Parlamento catalán el pasado día 19, y el decreto de convocatoria del referéndum de soberanía del 9 de noviembre, firmado el sábado por el presidente de la Generalitat, Artur Mas.
La admisión supone por sí sola la suspensión de la vigencia de ambas resoluciones, ya que el Ejecutivo así lo ha había solicitado, invocando la posibilidad de veto que le otorga la Constitución para congelar las normas autonómicas, tal y como indican las providencias apoyadas por los 12 magistrados que componen el pleno.
El tribunal ha dejado claro en su providencia que con la admisión de los recursos quedan suspendidos tanto la ley como el decreto de la consulta y sus anexos, “así como las restantes actuaciones de preparación para la convocatoria de dicha consulta o vinculadas a ella”.
Los efectos de la suspensión para la Generalitat comenzarán cuando reciba la notificación del tribunal. Para los Ayuntamientos que puedan participar en la campaña soberanista, son efectivos cuando la decisión se publique. En su resolución, el tribunal otorga a las partes 20 días para presentar alegaciones.
La suspensión se extiende durante un plazo máximo de cinco meses. En ese tiempo, el tribunal deberá decidir si mantiene la paralización sin fecha límite o si revoca su decisión. Esta resolución ha de estar motivada.
Pese a que el pleno ha sido “ordinario”, la inmediatez en su convocatoria apenas seis horas después de la presentación de los recursos ha sido el único punto que mereció la justificación del tribunal ante las críticas que estaba recibiendo del propio Mas, quien ha reprochado esa “velocidad supersónica”.
En el caso de que la Generalitat no acate la resolución, se produciría un hecho insólito en la historia del Tribunal de Garantías, que tendría que evaluar cómo exige el cumplimiento de su resolución. Según la ley que regula el propio tribunal, este puede disponer quién ha de ejecutar su resolución y, en su caso, resolver las incidencias.
La norma señala además que el Constitucional podría “declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de estas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó”. En dos ocasiones el tribunal se ha declarado competente para “adoptar cuantas medidas sean necesarias para preservar su jurisdicción”.
Fuentes afirman que el Tribunal no dispone de instrumentos para hacerlo, y que el Gobierno debería acudir al juzgado de lo contencioso-administrativo para reclamar la ejecución.

Califica Mas de ‘hostil’ al Gobierno

Artur Mas ha instado al Tribunal Constitucional (TC) a ejercer el papel de árbitro “de todos” y no de una parte.
Se mostró sorprendido porque los magistrados se hayan reunido de forma extraordinaria el mismo día que el Gobierno presentaba el recurso. “Han ido a velocidad supersónica. Nunca lo habían hecho”.
También calificó de “hostil” la actitud del Gobierno por suspender el referéndum y la ley en que se ampara. Mas ha indicado que en un Estado de “convicción democrática plena” se estaría debatiendo si hay que votar sí o no en la consulta, que ha incidido en que no es un “referéndum encubierto”, como sostiene el Gobierno, al que ha acusado de “no preguntar ni dejar preguntar”.
Convergència i Unió ha reiterado que la consulta de autodeterminación convocada por la Generalitat es “legal” y ajustada a la Constitución y ha acusado a Mariano Rajoy de “presuponer” el fallo del Tribunal Constitucional y de “ejercer de portavoz” de este órgano.
El consejero de Presidencia y portavoz  del Govern, Francesc Homs, ha advertido que el Gobierno central comete “un error de consecuencias mayúsculas” con la presentación del recurso contra la consulta, con el que “reforzarán” el proceso soberanista.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *