La Procuraduría General de la República (PGR) deberá dar a conocer el número de los casos de homicidio doloso relacionados con una averiguación previa que atrajo entre 2009 y 2014, ello por instrucción del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). 
Un ciudadano pidió a la PGR saber cuántas averiguaciones previas por homicidio doloso tiene en cada estado, las que han sido consignadas, resueltas, y cuántas están en trámite, también detallando el año de inicio. 
Así como las órdenes de aprehensión vigentes, el número de elementos o grupos especiales asignados para la investigación de dicho delito. 
En respuesta, la PGR dijo que el requerimiento no constituía una solicitud de información sino una consulta; sin embargo, realizó una búsqueda y declaró la inexistencia de la información, por lo que el ciudadano presentó un recurso de revisión ante el Instituto. 
El caso fue turnado a la ponencia de la comisionada Areli Cano quien determinó que contrario a lo argumentado por la dependencia, lo requerido constituye una solicitud de información porque existen documentos con los que puede dar respuesta: informes, estadísticas y boletines de prensa. 
Cano Guadiana refirió que el procedimiento de búsqueda realizado por la PGR no fue correcto, porque omitió turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes; además de que su Comité de Información no acreditó de manera fehaciente la inexistencia de la información. 
La ponencia de la comisionada obtuvo informes de la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas, la entonces Coordinación General de Delegaciones y de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, de los cuales se desprende información de averiguaciones previas por delitos de homicidio doloso en las que la PGR ejerció sus facultades de atracción, que corresponde a los años 2009, 2010, 2011, 2013 y hasta mayo de 2014. 
Así el Pleno del Instituto revocó la respuesta de la PGR y le instruyó realizar una nueva búsqueda agotando todas las instancias involucradas en el requerimiento y en su caso, entregue la información solicitada por una particular. 
Cano Guadiana enfatizó que la transparencia en la información solicitada garantiza que la facultad de atracción de la PGR sea ejercida de manera eficaz, expedita, imparcial y se convierta en una herramienta de control social para evitar discrecionalidades. 

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