El pleno de Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), a través del expediente sancionador TEEG-PES-07/2015, resolvió que la queja interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra el precandidato Ricardo Ortiz de Acción Nacional es infundada.
De acuerdo a las pruebas presentadas por el representante del PRI ante el consejo municipal del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (Felipe Ipiens Humara) no son validas para la queja.
Fue el pasado 3 de febrero cuando el representante del PRI entregó la queja contra el precandidato Ricardo Ortiz, por la posible infracción de este, a la normatividad electoral, por unas entrevistas dadas a medios de comunicación.
Frases como ‘emitan un voto razonado, pensado’, además de señalar que Ricardo Ortiz habló sobre los logros en su gestión, son las pruebas que presentó el PRI para interponer su queja ante el consejo municipal y después el Tribunal Electoral.
Sin embargo, este último manifestó que lo anterior, “en cualquier caso no constituye un llamado expreso al voto a su favor (de Ricardo Ortiz) o en contra de algún candidato o partido político en particular, ni se hace referencia a una elección o se expresa la plataforma electoral registrada”, dice la resolución el TEEG.
Para Julio Rubio López (representante del PAN ante consejo municipal) esta queja planteada por el PRI, cae dentro de las ahora denominada ‘denuncia frívolas’ porque son pretensiones sin sustento.
Apegados al carácter informativo de las publicaciones, el pleno del Tribunal Electoral resolvió que Ricardo Ortiz no violó ningún artículo de las leyes electorales, razón por la cual no se puede emitir una pronunciación en contra de las entrevistas dadas.
Resuelve el TEEG a favor de Ortiz
El pleno de TEEG, a través del expediente sancionador TEEG-PES-07/2015, resolvió que la queja interpuesta por el PRI contra el precandidato Ricardo Or