Aunque no se tienen reportes de que alguna empresa no haya entregado utilidades a sus trabajadores, sí existe alguien inconforme, puede levantar su queja.
El presidente de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Arnulfo Bocanegra, señaló que sólo hubo inconformidades de trabajadores que querían que se les diera más dinero, pero no de que no les hayan entregado.
Por otro lado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) enfatizó que los trabajadores de empresas que no han recibido su prestación de Reparto de Utilidades, acudan a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para hacer efectivo su derecho a recibir parte de las ganancias por sus centros de trabajo.
Y es que las empresas y patrones que no cumplan con el pago de este derecho, serán acreedores a multas que pueden llegar a los 5 mil salarios mínimos.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, aquel trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (30 de mayo) para personas que trabajan para una persona moral (empresa).
Para quienes laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite recibir las utilidades es el 29 de junio.
El Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo establece también que el Reparto de Utilidades entre los trabajadores debe efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores. Asimismo, que el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
Piden quejarse a falta de utilidades
Aunque no se tienen reportes de que alguna empresa no haya entregado utilidades a sus trabajadores, sí existe alguien inconforme, puede levantar su qu