Motociclistas no sólo serán sancionados por la falta de casco, sino también por transitar entre dos vehículos que es igual a invadir otro carril, hacer acrobacias y hasta por traer a más de dos personas a bordo, sanción que puede llegar hasta los 20 salarios mínimos.
De acuerdo con las modificaciones realizadas al Reglamento de Tránsito y Vialidad, las cuales entraron en vigor desde el pasado 28 de agostos, los motociclistas pueden ser acreedores de una multa hasta por 1 mil 365 pesos, tan sólo por llevar a más de dos personas a bordo, según el Salario Mínimo actual.
Ya se ha mencionado en ediciones anteriores algunas de las disposiciones para peatones y ciclistas que contiene el Reglamento, pero ahora es turno de señalar las reglas que deben cumplir los motociclistas.
Si usted es de los que creé que andar en moto, tiene muchas ventajas, comparado a otros medios de transporte, como el “meterse” entre los vehículos para ganar tiempo, sobre todo en momentos con saturaciones de tráfico, con el reglamento ya no podrá ser así.
A decir de Eduardo Guillén, presidente de la Comisión de Gobierno y Reglamentos, se tiene todo un capítulo especial para los motociclistas, donde se incluyen bici-motos, triciclos de motor, tetramotos y motonetas.

Deben respetar su carril

Lo primero a destacar es que los motociclistas deben respetar un carril como si se tratará de un automóvil, pues ambos son vehículos de motor y al “meterse” entre los carros, se está invadiendo otro carril.
Como parte de las obligaciones que contiene el reglamento para motociclistas es que deben llevar a bordo únicamente el número de personas que indique la tarjeta de circulación,“y en su defecto máximo 2 (personas), ¿cuántos vemos a veces que van en la motocicleta?, tres, cuatro o hasta toda la familia”, puntualizó.
El conductor debe portar licencia de conducir, placa y usar el casco siempre, de ser posible hasta otro tipo de protecciones, “pero el casco de ley”.
Debe circular con luces encendidas; portar espejos retrovisores en ambos lados; respetar los límites de velocidad; respetar el sentido de la vialidad; hacer uso de un carril vial; rebasar otros vehículos con precaución; respetar señalamientos de tránsito; respetar señalamientos de agentes viales.
Además, tienen prohibido: circular entre calles y carriles de tránsito con vehículos detenidos; efectuar ruidos molestos, innecesarios o insultantes con el escape o claxon de la moto; tirar basura; ingerir bebidas alcohólicas o estupefacientes antes y durante la conducción.
También está prohibido que los motociclistas se sujeten de vehículos en movimiento, circular por las banquetas o áreas reservadas de peatones y carriles o vialidades con prohibiciones expresas.
Al igual que llevar carga que dificulte su equilibrio o maniobra que constituya un peligro para si u otras personas, “luego llevan hasta un tanque de gas y eso hace que pierdan el equilibrio”, mencionó.
Y por último, realizar actos de acrobacia o competencias de velocidad en la vialidad urbana, “salvo los casos de eventos o espectáculos debidamente autorizados”, agregó.
En cuanto a las infracciones, por ejemplo, el no usar casco puede ir de 5 a 10 salarios mínimos, es decir, hasta 680 pesos de multa, eso utilizando el Salario Mínimo al 2015, que es de 68.28 pesos.
No utilizar un carril vial para circular es de 5 a 10 salarios mínimos; conducir con aliento alcohólico puede ir de 10 a 20 salarios, al igual que llevar más personas de lo permitido a bordo.

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