El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que la contabilidad electrónica es la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos.
Para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable únicamente se enviará la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación.
Adicionalmente, los contribuyentes deberán tener la posibilidad de generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla al SAT, esto sólo cuando el mismo organismo ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados.
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”, la cual se encuentra en la página oficial www.sat.gob.mx.
Los tributantes de los regímenes antes mencionados pueden acudir al módulo del SAT en esta ciudad, donde brindarán información y asesoría gratuita sobre cómo llevar a cabo su contabilidad a través de medios electrónicos.
La oficina se encuentra en la calle Enrique Ramírez 48, Plaza Gran Vía Local 7 y 8; el horario de atención es de 8:30 de la mañana a las 15 horas.

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