Desde un robo hasta un homicidio pueden resolverse en cinco días a través de un procedimiento penal abreviado.
Esta es una de las bondades del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio cuyos casos ya se han presentado en Guanajuato, reveló Plácido Álvarez Cárdenas, magistrado del Poder Judicial del Estado.
Para que lo anterior proceda es necesario que el imputado reconozca su culpabilidad en el delito del que se le acusa, lo que además podría conllevar una condena menor.
Por otra parte, si el imputado no acepta su responsabilidad y prefiere que el proceso penal siga su curso, éste se define durante la etapa de juicio oral y las audiencias toman en promedio 7.8 días incluida la sentencia del juez, explicó Mauricio Agustín Ontiveros Ornelas, coordinador general del Sistema de Gestión del Poder Judicial.
Y aunque no hay un límite de tiempo para concluir la etapa de investigación inicial del Ministerio Público, “con este nuevo sistema penal se buscará que el culpable no quede impune y que se logre la reparación del daño”, aseguró por su parte Israel Aguado Silva, director general para el Seguimiento de la Implementación del Sistema Penal Procesal Acusatorio de la Procuraduría de Justicia del Estado.
Esta etapa de investigación incluye la recepción de la denuncia y la atención integral de la víctima, a quien se le proporciona un asesor jurídico; se canaliza la denuncia a las unidades especializadas de investigación criminal en homicidios, robos, delitos patrimoniales, etcétera; se integran las líneas de invetigación, se abre una carpeta correspondiente al caso y se formula la imputación contra el probable responsable.
Sentencia en menos de una semana
Desde el 1 de septiembre de 2011, fecha en que arrancó el Sistema de Justicia Penal en la primera región del estado, los guanajuatenses cuentan con un modelo de justicia con el que se podría dictar sentencia contra el culpable hasta en menos de una semana.
Esto a través del procedimiento abreviado, cuya apertura autoriza el juez de control. Es solicitado después de que se vincula a proceso a una persona, pero hasta antes de que se dicte el auto de preparación a juicio oral.
“Si esto tiene agilidad pudiéramos estarlo resolviendo en este tiempo (cinco o seis días) con sentencia. Es con el juez de control, no llega a juicio (oral) porque todo mundo está conforme con los datos que hay, no hay que desahogar pruebas: lo encontraron ahí con las manos en los objetos, él dice ‘sí, yo me metí y robé’… está de acuerdo él, está de acuerdo el Ministerio Público y prácticamente le piden al juez que dicte sentencia.
“El juez hace una revisión y en cinco días pudiéramos estar condenando a alguien. Todos los delitos son factibles de un procedimiento abreviado, ¿cuál sería el problema? El homicida dice ‘yo lo maté, qué hago, a qué voy a un juicio oral’. Es un tema de celeridad procesal pero es factible, ¿qué inconveniente podemos tener si lo detienen con el arma en la mano, con el cuchillo y él dice ‘sí, ya me la debía, yo lo maté’?”, detalló el magistrado Plácido Álvarez Cárdenas.
De no solicitarse un procedimiento abreviado, el proceso penal no deberá durar más de un año y medio (excluyendo la etapa de investigación inicial que no tiene temporalidad).
Al respecto Mauricio Agustín Ontiveros Ornelas, coordinador general del Sistema de Gestión del Poder Judicial del Estado, informó que en promedio en el estado el juicio oral dura 7.8 días.
“Un juicio oral puede arrancar a las 10 de la mañana y se desahogan dos bloques de testigos.
“Un juicio oral con 35 testigos, se desahoga el primer bloque que pueden ser los testimonios de cinco personas, y así hasta que se concluyen todos los testimonios. No es que se metan en una sala de audiencia y salen todos hasta dentro de siete días. Día tras día hay audiencias, se dan de manera continua hasta que el asunto termine.
“Si finalizan los alegatos de cierre el jueves a las 5 de la tarde, el viernes a las 10 de la mañana que se reanuda la audiencia se está dando la sentencia”, afirmó el funcionario.
Se busca reparar daños
La importancia de la actuación de la Procuraduría de Justicia en el nuevo proceso penal estriba en que ésta vuelve acusatorio al sistema, afirmó Israel Aguado Silva, director general para el Seguimiento de la Implementación del Sistema Penal Procesal Acusatorio.
“Al Ministerio Público le toca el impulso procesal, es decir, el juez no va a llamar a sentencia, se lo tenemos que pedir nosotros mismos; el juez no va a abrir un procedimiento abreviado oficiosamente, se lo tenemos que pedir, es el Ministerio Público el que va haciendo que el proceso avance”, destacó el especialista.
Además el Ministerio Público cuenta con cuatro fines: esclarecimiento de la escena del hecho, protección del inocente, que el culpable no quede impune y que el daño se repare, agregó.
También por primera vez se busca la protección integral de las víctimas a través de un asesor jurídico, además de la asistencia por daño físico, emocional y económico que sufrió.
Se busca brindarles opciones para que puedan elegir soluciones pacíficas como los mecanismos alternativos, un procedimiento abreviado, suspensión del proceso y otros criterios.
“Esa cobertura que tiene de principio a fin para la víctima y para la sociedad es fundamental, la importancia de la Procuraduría y los servicios de apoyo, asistencia y protección son integrales. Aquí nosotros antes de haber llegado con el juez ya aseguramos a la víctima, el lugar de los hechos, estamos en la investigación, una serie de actividades propias de la sede ministerial”, insistió Aguado Silva.
LAS BONDADES DEL NUEVO SISTEMA PENAL
De acuerdo al Poder Judicial, estos son los beneficios obtenidos con la reforma al sistema de justicia:
Procesos simples
Justicia ágil
Eficiente
Calidad de investigación
Menos población en cárceles
Ahorra recursos al Estado