Los diputados locales le quitaron el candado a la Constitución local para que un servidor público pueda ocupar dos o más cargos públicos al mismo tiempo, a través de una reforma que fue aprobada por el Pleno del Congreso local.
Con ello, cualquier funcionarios que quiera o tenga la posibilidad de ejercer dos cargos públicos pagados al mismo tiempo podrá hacerlo, a excepción de aquellos que son de representación popular: el gobernador, diputados locales, alcaldes, síndicos y regidores.
Aunque en este último caso, no está restringido que puedan ejercer uno o varios trabajos, pero en el área de docencia y siempre y cuando sea en horarios que no interfieran con las funciones del cargo para que el que fueron electos.
Y para quienes no hay restricciones de este tipo es para secretarios de estado o directores de áreas en el Gobierno Estatal o ayuntamientos municipales, incluso altos mandos del Poder Legislativo o Judicial, pues pueden desempeñar labores en dos empleos con remuneración del erario, siempre y cuando sus horarios no se empalmen, se precisa en el dictamen aprobado por el pleno del Congreso local.
La reforma a al párrafo tercero del artículo 133, la fracción tercera del artículo 136 de la Constitución local, fue promovida por el diputado Eduardo Ramírez Granja, de la representación del partido Movimiento Ciudadano, y de acuerdo con la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Libia Denisse García Muñoz Ledo, se trata de una homologación a la legislación federal.
Explicó que en la Constitución Federal se señala que, por ejemplo, un docente o un médico podrían ocupar dos plazas, siempre y cuando sean en diferente horario y puedan cumplir en ambos lugares con sus funciones a cabalidad.
“Lo que pasaba con nuestra Constitución es que corríamos el riesgo de que como estaba contraria a la Constitución Federal, si cualquier persona promovía un recurso de inconstitucionalidad iba a ser procedente, porque por supuesto está mucho más arriba en nivel la Constitución Federal”, añadió García Muñoz Ledo
Sin embargo, la legislador panista dejó claro que la reforma incluye la restricción de que ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos y que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función.
Aprueban que funcionarios puedan ‘dobletear’ cargos
Aunque hay excepciones, no es válido para todos.