Cuestionada por los medios de comunicación acerca de las modificaciones que se deben hacer al Sistema Penal Acusatorio para disminuir la incidencia delictiva, la Diputada Federal Lorena Alfaro García explicó que el año pasado se hicieron diversas reformas para perfeccionar el Sistema Penal Acusatorio, entre las que se modificaron diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Un acuerdo reparatorio, que no podrá ser celebrado en caso de reincidencia y prisión para quienes cometan el mismo delito, una y otra vez, son algunas de las sanciones que fueron aprobadas por el Congreso de la Nación, en Junio del año pasado y que hoy, están en vigor.

Particularmente, Alfaro García propuso una modificación al Artículo 187 para que en caso de que la comisión de un delito, la persona acusada pueda celebrar un acuerdo reparatorio, por una sola ocasión y en caso de reincidir, o existir un acuerdo reparatorio anterior, por el mismo delito, el imputado lleve su proceso conforme a la ley, incluyendo la prisión, en caso de ser necesario.

La Congresista agregó que la ley no permite acuerdos reparatorios cuando se trate de violencia familiar o sus equivalentes en las Entidades Federativas y en los casos en que el imputado, haya incumplido un acuerdo reparatorio previo.

De lo anterior se desprende que, en consecuencia, quien reincida y no tenga el derecho a celebrar un acuerdo reparatorio, deberá seguir el cauce de un proceso legal hasta llegar a la instauración de una pena o sanción que permita resarcir el daño, no solo a la víctima, sino a la propia comunidad, en el caso de las penas alternativas, de ser el caso.

“Para que el Sistema Penal opere adecuadamente, es necesario hacer la denuncia correspondiente, ya que si no se hace, no hay proceso que valga para sancionar al delincuente, aunque este haya sido detenido en flagrancia”, Alfaro García destacó.

 

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