La deuda de 350 millones contratada por el municipio de Celaya podría sentar un precedente a nivel nacional, si la Suprema Corte de Justicia de la Nación decide que es ilegal.
Esto luego de que, en un hecho sin precedentes en el Estado, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito en Guanajuato, resolvió que sean los 10 ministros del máximo órgano de justicia del país, quienes determinen la última palabra sobre la viabilidad del amparo, interpuesto por ex regidores del Ayuntamiento de Celaya, debido a su “relevancia, novedad o complejidad”, señaló en su resolución que se hizo público el viernes.
“Es necesario que ese Alto Tribunal del País, defina jurisprudencia sobre este álgido asunto de los endeudamientos públicos, y se expandan los criterios referentes al “interés legítimo” a fin de hacerlo más asequible”, se puntualizó en el Amparo en Revisión Administrativo 8/2017.
El pasado 22 de julio de 2016, los ex regidores Íñigo Rodríguez Talancón, Leonardo Gutiérrez Silva y Octavio Pérez Franco interpusieron un juicio de amparo ante el Poder Judicial de la Federación en contra del endeudamiento por 350 millones de pesos que adquirió el municipio de Celaya el año pasado.
Si bien en un primer momento el amparo fue rechazado por el juez Octavo de Distrito en el Estado, dos meses después los demandantes interpusieron una queja ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito y tras una revisión ahora se encuentran confiados de que la SCJN resuelva el caso a su favor, así lo dijo en entrevista el ex regidor Íñigo Rodríguez Talancón.
“De acuerdo al Tribunal esto reviste una importancia y trascendencia porque va a determinar un criterio judicial que no existe que es respecto a que existe en la Constitución una prohibición para Estados y Municipios a contraer deuda pública cuando el dinero obtenido a esos financiamientos vaya destinado a obra pública productiva”, expresó Rodríguez Talancón.
El 30 de junio pasado, el Congreso del Estado aprobó por mayoría solicitud de crédito por hasta 350 millones de pesos para el municipio de Celaya destinado a financiar obras en las zonas más vulnerables del municipio.
El artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, define en su fracción octava que “ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos”, situación, que, a decir de los quejosos, no encaja con la situación del crédito solicitado y otorgado al municipio de Celaya.
“Nosotros lo acreditamos dentro del juicio de amparo de que la obra pública que contrataron el señor Lemus y su Ayuntamiento no está destinado a obra pública productiva en esos términos constitucionales, son obras cuyo pago contratado hasta el 2031 se va a hacer a través de nuestros presupuestos ordinarios”, explicó el ex regidor del Ayuntamiento 2006-2009.
En caso de que la SCJN otorgue el amparo a los quejosos, las repercusiones podrían ser que la deuda que se contrató por los próximos 15 años se reduzca en plazo hasta el 9 de julio de 2018, es decir, tres meses antes de que culmine la administración liderada por Lemus Muñoz Ledo.
“Las consecuencias de un previsible amparo favorable que nos otorgue la Suprema Corte de Justicia va a hacer que esa deuda que contrataron hasta el 2031 se reduzca en plazo hasta el 9 de julio de 2018”, afirmó Rodríguez Talancón.
Buscan sentar precedente
El Primer Tribunal Colegiado determinó que “por el tipo de cuestiones planteadas en los agravios, se estima necesario solicitar a ese Alto Tribunal, ejerza su facultad de atracción, precisamente porque la problemática planteada tiene las características de interés, importancia y trascendencia nacional que lo justifican”, situación que, para ex regidor durante la administración de Gerardo Hernández, marcará un precedente a nivel nacional por los sonados casos de corrupción como en Coahuila o Veracruz.
“Esto ha ocurrido en todas partes del país según está reconociendo la resolución, cuando se nos otorgue el amparo, porque yo no veo otra forma de que no vaya a ocurrir (…), marcará un precedente porque no existe, no obstante que es muy clara la prohibición que marca la Constitución en su Artículo 117 en su fracción octava, nadie lo había hecho, fuimos tres ex regidores de Celaya quienes nos atrevimos a iniciar un juicio de amparo en contra de la deuda”, comentó.
Finalmente, el ex funcionario afirmó que, tras meses de arduo trabajo, la administración municipal encabezada por Ramón Lemus subestimó el juicio de amparo.
“Creo que nos subestimaron, pensaron que era una llamarada de petate por llamar la atención y ahora con esta sentencia o resolución estamos se está constatando que no y que nosotros tenemos la razón”, dijo.