La regulación en la Ley de Transporte de Yucatán para plataformas de servicio de movilidad discriminan y limitan la competencia económica.
Así lo aseguró Enrique González, abogado para Latinoamérica de Uber.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estima declarar inconstitucionales ciertos artículos reformados en dicha ley,ya que exige mayores requisitos de operación que otras modalidades de transporte.
Según esos artículos, a quienes presten servicios de transporte mediante plataformas, sólo se permitirá pago vía tarjeta de crédito o débito, pero no en efectivo, y certificar la propiedad del vehículo que se opera.
El no permitir pagos en efectivo es un acto discriminatorio, ya que en el País 80 millones de personas tienen un teléfono inteligente, pero sólo 20% de la población tiene una tarjeta de crédito, aseveró el abogado.
Además, va contra la Ley Monetaria que en sus artículos 4 y 5 establece el poder liberatorio de la moneda, sostuvo.
Mientras que exigir que el conductor sea propietario del vehículo limita la posibilidad de trabajar en la plataforma de Uber como un tercero.
Todo esto atenta contra la economía colaborativa en el País, la cual genera Uber, ya cuenta con 7 millones de usuarios y 220 mil socios conductores, añadió.
Acusó que el Estado de Yucatán legisló sobre temas que no son de su materia, pues lo relativo a la competencia económica corresponde al Gobierno federal.
La razón por la cual lo hizo, fue para proteger monopolios de taxis, dijo.