La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) condenó a Telefónica-Movistar a indemnizar por daños y perjuicios a 19.7 millones de clientes que tenía en 2010.

La Primera Sala de la Corte resolvió que la empresa incumplió el contrato de adhesión que tenía ese año con fallas en el servicio, lo que motivó una acción colectiva.

Para que consumidores estén enterados, la Corte ordenó a un magistrado federal que condene a Telefónica Movistar a tener, durante todo un año en sus oficinas comerciales, un aviso con redacción simple en que se indique a todos sus clientes de servicio de telefonía móvil contratado en 2010, que tendrán un año para hacer valer sus reclamaciones.

El formato para la reclamación deberá ser elaborado por la Profeco y repartido en oficinas de la empresa.

“Si se advierte que del 100% de llamadas no fue completado el 0.5% y se cayó el 1%, no es dable considerar que ello afectó únicamente al 1.5% de consumidores”, ejemplificó la Corte.

“Por el contrario se debe considerar que afectó a todos los consumidores en 0.5% y 1% del total de llamadas de cada consumidor”.

La acción colectiva fue iniciada en 2011 por Profeco, Telefónica fue consultada pero omitió comentar.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *