A partir de ahora, el propietario que, en afán de defender sus propiedades o a su familia, asesine o agreda de gravedad a un delincuente que irrumpa en su casa, no podrá ser sancionado por la ley.

Los diputados locales aprobaron una reforma al Código Penal para el Estado en materia de legítima defensa, la cual elimina la responsabilidad en caso de agresión a una persona que se introduce en un domicilio ajeno de manera ilegal.

La propuesta, presentada por el diputado del PRI, Santiago García López, es relevante porque amplía la protección del patrimonio de los ciudadanos, aseguró el legislador.

El agregado al artículo 33 establece que las personas agredidas de forma ilegítima en su casa habitación podrán ejercer la legítima defensa por cualquier medio que tengan a su alcance.

El legislador aseguró que cuando una persona se introduce en un domicilio, comete dos agresiones: la primera, la entrada ilegítima en sí; “y la segunda, que ya estando dentro del domicilio, el intruso perpetre un ataque contra personas o bienes para entonces sí poder desplegar la legítima defensa”.

‘Lo más sagrado es la familia’

Por su parte, la diputada panista, Libia Dennise García Muñoz Ledo, manifestó que lo más sagrado que tiene una persona, es su familia, por lo que es impensable que el sistema jurídico reproche penalmente la legítima defensa.

Agregan intimidación

La iniciativa es parte de las modificaciones a leyes secundarias del Sistema Estatal Anticorrupción, que entra en vigencia el 19 de julio en todo el País. 

Además, ésta contempla como delito la intimidación por parte de servidores públicos y plantea para ella una pena de dos a siete años de prisión y de 30 a 300 días de multa; además, su inclusión en la ley no implica la desaparición del delito de tortura.

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